SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-627)
CARDUMEN OPPORTUNITY FUND I FCRE, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 40

Lunes 26 de febrero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

627

CARDUMEN OPPORTUNITY FUND I FCRE, S.A.

En cumplimiento del artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
(la "LSC"), se hace público que el accionista único de CARDUMEN
OPPORTUNITY FUND I FCRE, S.A., con domicilio social en Bilbao, calle Gran
Vía, número 60, bajos D y E, C.P. 48011 y provista de N.I.F. A-13944350 (la
"Sociedad"), ejerciendo las competencias de la Junta General de Accionistas, a 28
de diciembre de 2023, decidió reducir su capital social en la cuantía de SESENTA
MIL EUROS (60.000€), mediante la amortización de sesenta mil (60.000) acciones,
titularidad de CARDUMEN CAPITAL S.G.E.I.C, S.A., sociedad de nacionalidad
española, con domicilio social en Bilbao, Gran Vía, número 60, bajos D y E, C.P.
48011, inscrita en el Registro Mercantil de Vizcaya, al Tomo 5.741, Folio 25, Hoja
número BI-70.768, y provista de N.I.F. número A-87666160 (el "Accionista Único").
La reducción de capital tiene como finalidad la devolución de aportaciones
dinerarias al Accionista Único de la Sociedad, con la consiguiente modificación del
artículo 6 de los estatutos sociales.
Como consecuencia de esta reducción queda fijado el capital social, en
NOVENTA Y SEIS MIL EUROS (96.000€), dividido en noventa y seis mil (96.000)
acciones de UN EURO (1€) de valor nominal cada una de ellas, totalmente
desembolsadas y numeradas correlativamente del número 60.001 a la 156.000,
ambas inclusive.
La ejecución del presente acuerdo de reducción se llevará a cabo dentro del
mes siguiente a la finalización del plazo que, para el ejercicio del derecho de
oposición de los acreedores recogido en el artículo 334 de la LSC, establece el
artículo 336 de la citada norma.
Se restituye a CARDUMEN CAPITAL SGEIC, S.A., una aportación dineraria
que asciende a UN EURO (1€) por cada una de las acciones amortizadas, es
decir, un importe total de SESENTA MIL EUROS (60.000€), la cual será abonada y
entregada mediante transferencia bancaria
Asimismo, como consecuencia de la anterior reducción de capital, se aprueba
la modificación del artículo 6 de los Estatutos Sociales relativo al "Capital social"
que, una vez ejecutada la reducción antes acordada, quedará redactado de la
siguiente manera:

El capital social queda fijado en NOVENTA Y SEIS MIL EUROS (96.000€),
representado por noventa y seis mil (96.000) acciones, de UN EURO (1€) de valor
nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 60.001 a la 156.000,
ambas inclusive que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas".
Se hace constar que, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 334 y
siguientes de la LSC, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido
antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, no hayan
vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el
derecho a oponerse a la referida reducción de capital de la Sociedad en el plazo
de un (1) mes contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo. Quedan
excluidos los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente

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"Artículo 6.- Capital social