SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-566)
BANKINTER, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Miércoles 21 de febrero de 2024

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aclaraciones, y propuestas de acuerdos que, conforme a la ley, tengan intención
de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos deberán remitirse a la
sociedad por escrito y en los términos y condiciones establecidos en la web
corporativa y en el Procedimiento para el ejercicio de los derechos de información,
asistencia, delegación y voto a distancia de los accionistas en la Junta General
ordinaria de Bankinter, S.A., 2024, al realizar el registro previo o durante el plazo
para realizar la conexión a la Junta General, es decir, entre las once horas (CET) y
las doce horas (CET) del día 21 de marzo de 2024, si la Junta General se
celebrase en primera convocatoria. El Secretario dará cuenta de las intervenciones
de los accionistas en el turno reservado a las mismas. Las intervenciones solo
constarán en el acta de la reunión cuando así se haya solicitado expresamente.
Las respuestas a los accionistas que ejerciten su derecho de información durante
la Junta, cuando proceda, se producirán por escrito durante los siete días
siguientes a la finalización de la misma.
• Votación: Sin perjuicio de lo previsto para el voto por Internet o por teléfono
móvil, la emisión del voto sobre las propuestas relativas a los puntos comprendidos
en el orden del día podrá realizarse siguiendo las instrucciones indicadas en la
web corporativa, desde el momento de la conexión a la Junta General por parte del
accionista o su representante y hasta que el Presidente o, en su caso, el
Secretario, anuncie la conclusión del período de votación de las propuestas de
acuerdo. En cuanto a las propuestas de acuerdo sobre aquellos asuntos que no
figuren en el orden del día, los asistentes telemáticos podrán emitir sus votaciones
a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas y se indique que se
pueda proceder a su votación a través de la plataforma de asistencia telemática.
En aquello no regulado expresamente en este anuncio, resultarán de
aplicación a los accionistas que asistan telemáticamente a la Junta General las
mismas normas sobre el voto y la adopción de acuerdos previstas en el
Reglamento de la Junta General en los casos de asistencia presencial a la
celebración de la Junta.
• Otras cuestiones: La asistencia telemática del accionista será equivalente a la
asistencia presencial a la Junta General. La asistencia telemática de los
accionistas prevalecerá sobre los votos emitidos anticipadamente a distancia y los
poderes de representación otorgados con anterioridad a la celebración de la Junta
General, pero no sobre la asistencia física. La Sociedad se reserva el derecho a
adoptar las medidas pertinentes en relación con los mecanismos de asistencia
telemática a la Junta General cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran
o impongan. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran
ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas,
fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas
a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de
asistencia telemática a la Junta General. Lo anterior es sin perjuicio de que se
adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual
suspensión temporal o prórroga de la Junta General si ello fuese preciso para
garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus
representantes.
Para aquellas personas que asistan remotamente a la Junta, los mecanismos
de asistencia remota se cerrarán al finalizar la Junta General o, en su caso, al
constatarse la inexistencia de quorum suficiente.
DERECHO DE INFORMACIÓN.
Los accionistas podrán solicitar al Consejo de Administración hasta el quinto

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