SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2024-507)
AFEX OBRAS & SERVICIOS 2013, SA
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 34

Viernes 16 de febrero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
CONVOCATORIAS DE JUNTAS

507

AFEX OBRAS & SERVICIOS 2013, SA

Se hace pública la convocatoria que realiza el Administrador Único D. OLIVER
ZIMMERMANN HALLENSLEBEN, mayor de edad, de profesión empresario de la
construcción, de nacionalidad española, con DNI 41.622.571-T, de la mercantil
AFEX OBRAS Y SERVICIOS 2013, S.A. a sus accionistas para la Junta General
Ordinaria que tendrá lugar en el domicilio social, sito en la Carretera Felanitx-Porto
Colom, km. 0,9, 07200 de Felanitx (Illes Balears) el día 07 de MARZO de 2024, a
las 14:00 horas en primera convocatoria y en segunda convocatoria en el mismo
lugar, al día siguiente, 08 de MARZO de 2024, a las 14:00 horas, con el siguiente,
Orden del día
Primero.- Renovación de cargos.
Segundo.- Ruegos y preguntas.
Tercero.- Redacción, lectura y, en su caso, aprobación del acta de la reunión,
o, si procede, designación de interventores para ello.
I.- Derecho de información: Se hace constar el derecho que asiste a los
accionistas, a partir de la presente convocatoria, a solicitar y obtener de la
sociedad, de forma inmediata y gratuita, todos los documentos sometidos a la
aprobación de la Junta, incluidos el informe de gestión y el informe de los auditores
de cuentas, en los términos previstos en el artículo 272 de la Ley de Sociedades
de Capital, y a solicitar por escrito los informes y aclaraciones que estimen
precisos sobre los asuntos comprendidos en el Orden del Día.
II.- Derecho de asistencia y voto: Los requisitos de asistencia a la Junta son los
que constan en el artículo 22 de los Estatutos sociales.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en
la Junta por medio de otra persona, aunque no sea accionista. La representación
se conferirá con carácter especial para cada Junta.
De conformidad con los Estatutos sociales, la representación deberá conferirse
por escrito y con carácter especial para cada junta.
Este último requisito no será necesario cuando el representante sea cónyuge,
ascendiente o descendiente del representado; ni tampoco cuando aquel ostente
poder general conferido en escritura pública con facultades para administrar todo el
patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional.

Los demás requisitos de asistencia a la Junta y de representación en la misma
son los que constan en el artículo 23 de los estatutos de la sociedad.
Felanitx, 2 de febrero de 2024.- Administrador, Oliver Zimmermann
Hallensleben.
ID: A240006325-1

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La representación es siempre revocable. La asistencia personal del
representado a la Junta tendrá el valor de revocación.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958