SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-359)
ALTOCAPITAL INVERSIONES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ALTOCAPITAL INGENIERIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 25

Lunes 5 de febrero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

359

ALTOCAPITAL INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALTOCAPITAL INGENIERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se
hace público que la totalidad de los socios de ALTOCAPITAL INVERSIONES, S.L.
("Sociedad Absorbente") y el socio único de ALTOCAPITAL INGENIERIA, S.L.U.
("Sociedad Absorbida"), que es la sociedad ALTOCAPITAL INVERSIONES, S.L.,
aprobaron en fecha 31 de enero de 2024 la fusión por absorción de la sociedad
ALTOCAPITAL INGENIERIA, S.L.U., por parte de ALTOCAPITAL INVERSIONES
S.L., fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, que conllevará
la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión a título
universal del patrimonio íntegro de dicha sociedad a la Sociedad Absorbente, todo
ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión
de fecha 31 de enero de 2024, que ha sido emitido por los miembros de los
órganos de administración de las sociedades intervinientes.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los
administradores sobre el Proyecto Común de Fusión, al ser adoptado en los
términos previstos en los artículos 9.1 y 53.1 de la LME, relativo a la absorción de
sociedades íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad
Absorbente.

Del mismo modo, se informa de los derechos de protección que corresponden
a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos en el
artículo 13 de la LME, que deberán ser ejercitados en el plazo de un mes contado
desde la fecha del último anuncio del proyecto de fusión. Igualmente, se hace
constar expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, el
derecho que asiste a los socios de la Sociedad Absorbente, al socio único de la
Sociedad Absorbida y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la
fusión a obtener de manera gratuita en el domicilio social de las sociedades
intervinientes, sito en la calle Anabel Segura 11, Edificio Albatros B, Planta Baja,
Alcobendas, 28108, Madrid, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y los
balances de fusión presentados, así como las condiciones de ejercicio de los
derechos de protección que en su caso correspondan a los acreedores, puesto
que ninguna de ellas dispone de página web inscrita.
No existen obligacionistas ni ninguna clase de participaciones ni acciones
especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos
de las participaciones o acciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de
cualquier clase a favor del administrador de las sociedades intervinientes en la
Fusión.

cve: BORME-C-2024-359
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, no se ha procedido a ampliar el capital social de la Sociedad
Absorbente, por tratarse de la absorción de sociedades íntegramente participadas,
en los términos previstos en el artículo 53.1 de la LME. Asimismo, el socio único de
la Sociedad Absorbida no recibirá, por no ser necesario, un número de
participaciones sociales de la Sociedad Absorbente a cambio de la parte del
patrimonio transmitido.