SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2024-308)
LOGROSAN SOLAR INVERSIONES, S.A.U.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 21

Martes 30 de enero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

308

LOGROSAN SOLAR INVERSIONES, S.A.U.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley
de Sociedades de Capital, se hace público que, en la Junta General Extraordinaria
de accionistas de la sociedad LOGROSAN SOLAR INVERSIONES, S.A.U. en la
reunión de su Accionista Único de fecha 21 de diciembre de 2023 ha acordado la
reducción de capital en 8.167.700,74 euros, con la finalidad de devolver parte del
valor de las aportaciones sociales al Accionista Único.
El acuerdo de reducción de capital es el que a continuación se reseña:
Acto seguido, el Accionista Único acuerda reducir el capital social de la
compañía en el importe de 8.167.700,74 Euros, reduciéndose el capital social
desde la cifra de 132.740.443,12 Euros a la cifra de 124.572.742,38 Euros con la
finalidad de devolver parte del valor de las aportaciones sociales al Accionista
Único y se efectúa mediante la disminución por igual del valor nominal de todas y
cada una de las acciones en 0,1226347777135438 euros, pasando a ser el valor
nominal de cada acción 1,870410175059602 euros por acción.
El plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de un mes
desde la finalización del derecho de oposición de los acreedores previsto en el
artículo 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el cual
habrá de ser abonado al Accionista Único, Atlantica Infraestructura Sostenible,
S.L.U., el importe de 8.167.700,74 Euros, mediante la compensación por parte de
la Sociedad de los créditos que ostenta frente al Accionista Único por un importe
total de 8.167.700,74 Euros. Dichos créditos provienen del contrato de Préstamo
Intercompany suscrito en el día de hoy, entre la Sociedad y el Accionista Único.
Del mismo modo, se hace constar expresamente que el 100% de los créditos
compensados en virtud de este acuerdo de reducción de capital, se encuentran, a
la fecha del presente acta, totalmente líquidos, vencidos y exigibles. Asimismo, el
importe de los créditos se corresponde con los datos arrojados por la contabilidad
social.
En consecuencia con lo anterior, el Accionista Único acuerda modificar el
artículo 5 de los Estatutos Sociales que, en lo sucesivo quedará con la siguiente
redacción:

El capital social es ciento veinticuatro millones quinientos setenta y dos mil
setecientos cuarenta y dos euros con treinta y ocho céntimos (124.572.742,38
Euros) dividido en sesenta y seis millones seiscientas una mil ochocientas treinta y
una (66.601.831) acciones nominativas de 1,870410175059602 Euros de valor
nominal cada una, integradas en una sola clase y serie y numeradas
correlativamente de la uno (1) a la sesenta y seis millones seiscientas una mil
ochocientas treinta y una (66.601.831) ambas inclusive. […]
Así mismo, se dejará constancia de la disminución del valor nominal de las
referidas acciones en el Registro Contable de Acciones de la Sociedad.
De conformidad con los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición
a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de

cve: BORME-C-2024-308
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"Artículo 5º. Capital Social