SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-289)
E2K GLOBAL BUSINESS SOLUTIONS, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD SEGREGADA) OPEN CALL, SOCIEDAD ANONIMA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 20

Lunes 29 de enero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

289

E2K GLOBAL BUSINESS SOLUTIONS, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD SEGREGADA)
OPEN CALL, SOCIEDAD ANONIMA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de
junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas, medidas de
transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones
estructurales de sociedades mercantiles ( en adelante "RDLME"), se hace público
que, con fecha 11 de enero de 2024, la junta general extraordinaria de accionistas
de la mercantil E2K Global Business Solutions, Sociedad Anonima ( la "Sociedad
Segregada"), convocada mediante el correspondiente anuncio en su página web
www.e2kglobal.com, insertado el 5 de diciembre de 2023 y hasta la fecha de
celebración, ha aprobado por unanimidad la segregación de una unidad de
negocio a favor de la sociedad beneficiaria denominada OPEN CALL, S.A., en los
términos establecidos en el proyecto de segregación conjunta de fecha 15 de
noviembre de 2023.
La operación implica la segregación de la parte del patrimonio de la Sociedad
Segregada vinculada al negocio EBROKER y su transmisión en bloque y por
sucesión universal a la Sociedad Beneficiaria, conforme a lo establecido en el ya
mencionado proyecto de segregación, así como la atribución, a la Sociedad
Segregada, de las acciones resultantes de la ampliación de capital acordada por la
Sociedad Beneficiaria.
De acuerdo con lo previsto en el último inciso del artículo 10.1 RDLME, se
hace constar el derecho que asiste a los socios, y a los acreedores, así como, en
su caso, a los representantes de los trabajadores de la Sociedad Segregada a
obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y el balance de
segregación, así como el derecho de oposición que pueda corresponder a los
acreedores en el plazo y términos previstos en RDLME.
Madrid, 19 de enero de 2024.- Consejero Delegado, Higinio Iglesias Lopez.

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