SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2024-236)
VITHAS ALICANTE, S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 16

Martes 23 de enero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES

236

VITHAS ALICANTE, S.L.

Según lo dispuesto en el artículo 348 de la Ley de Sociedades de Capital
("LSC"), se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Socios de
Vithas Alicante, S.L. (la "Sociedad"), celebrada el día 18 de diciembre de 2023, se
acordó la modificación del objeto social y la consiguiente modificación del artículo 2
de los Estatutos Sociales, que, de ahora en adelante, tendrá la siguiente redacción:
"Articulo 2.- Objeto Social:
La Sociedad tiene como objeto social:
a) La construcción, instalación, adquisición o enajenación, por cuenta propia o
ajena, de toda clase de edificios destinados, en su totalidad o en parte, a la
actividad asistencial en todas sus ramas y especialidades, de forma parcial o
integrada, y a la hospitalización.
b) La explotación mercantil de los edificios citados en el apartado anterior,
tanto directa como indirectamente, bajo cualquier forma y título jurídico, incluso si
no son de su propiedad.
c) La prestación de toda clase de actividad sanitaria, incluyendo la promoción,
prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, dirigidas a fomentar, restaurar
o mejorar la salud de las personas, realizadas por profesionales sanitarios en
centros, servicios o establecimientos sanitarios.
d) El desarrollo de actividades complementarias o accesorias a las actividades
sanitarias citadas en el apartado anterior.
e) La prestación de servicios y promoción de la investigación, divulgación y
docencia en ciencias de la salud, para impulsar la formación y cualificación de los
profesionales de la salud, pudiendo colaborar en el desarrollo de estas actividades
con universidades e instituciones tanto públicas como privadas.
Las actividades integrantes del objeto social pueden ser desarrolladas por la
Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto mediante la titularidad de
acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo.

Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de alguna de las
actividades enumeradas algún título y/o cualificación profesional, dichas
actividades se realizarán por medio de personas que ostenten dicha titulación o
cualificación.
Las actividades que integran el objeto social definido en el presente artículo de
los Estatutos Sociales se desarrollan por la Sociedad como sociedad de
intermediación, en los términos previstos en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de
sociedades profesionales (la "Ley de Sociedades Profesionales"). Queda excluida,
en consecuencia, la aplicación a la Sociedad de las disposiciones de la Ley de
Sociedades Profesionales."

cve: BORME-C-2024-236
Verificable en https://www.boe.es

Quedan excluidas del objeto social aquellas actividades para cuyo ejercicio la
ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad.