SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-212)
EXCELSIA VINOS Y DESTILADOS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) EL PETIT CELLER, S.L.U. RIBERA DEL DUERO, S.L.U. DISTRIBUIDORA DE VINOS ROSALEDA, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 15

Lunes 22 de enero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

212

EXCELSIA VINOS Y DESTILADOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EL PETIT CELLER, S.L.U.
RIBERA DEL DUERO, S.L.U.
DISTRIBUIDORA DE VINOS ROSALEDA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Se hace público que el día 19 de enero de 2024, el Socio Único de la sociedad
EXCELSIA VINOS Y DESTILADOS, S.L.U., y el socio único de EL PETIT CELLER,
S.L.U., RIBERA DEL DUERO, S.L.U. y DISTRIBUIDORA DE VINOS ROSALEDA,
S.L.U., en funciones de Junta General, han aprobado por unanimidad y en junta
universal la fusión por absorción por parte de EXCELSIA VINOS Y DESTILADOS,
S.L.U. (sociedad absorbente), de las sociedades EL PETIT CELLER, S.L.U.,
RIBERA DEL DUERO, S.L.U. y DISTRIBUIDORA DE VINOS ROSALEDA, S.L.U.
(sociedades absorbidas), en los términos y condiciones del proyecto común de
fusión suscrito por los Administradores Únicos de las sociedades intervinientes con
fecha 28 de noviembre de 2023.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley al
tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de
forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de
las sociedades absorbidas.
Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión por unanimidad y en Junta
universal en cada una de las sociedades intervinientes en la fusión, de acuerdo
con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, el acuerdo puede adoptarse sin
necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley
y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas
sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de
fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en
el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, de
acuerdo con el artículo 13 de la Ley.
En Barcelona, 19 de enero de 2024.- Doña Maria Angels Rosell Pujol, Como
Administradora Única de Excelsia Vinos y Destilados, S.L.U., de Distribuidora de
Vinos Rosaleda, S.L.U., de El Petit Celler, S.L.U. y de Ribera del Duero, S.L.U.

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