SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-184)
TRANGOWORLD S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) UNIVERSAL SPORT TRADE S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 14

Viernes 19 de enero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

184

TRANGOWORLD S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
UNIVERSAL SPORT TRADE S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad lo establecido con lo dispuesto en el artículo 10 Real DecretoLey 5/2023 de 28 de junio de 2023, se hace público que las Juntas Generales
Extraordinarias y Universales de Socios de Trangoworld S.A. y Universal Sport
Trade S.L. todas ellas celebradas en Zaragoza el día 01 de enero de 2024, han
aprobado la Fusión por absorción entre ambas. Con carácter previo a la
aprobación del acuerdo de fusión, las referidas juntas generales aprobaron los
correspondientes balances de fusión cerrados a 31 de octubre de 2023 y el
proyecto común de fusión redactado, suscrito y aprobado por todos los
administradores de cada una de las sociedades participantes en la Fusión a 1 de
enero de 2024.
Como consecuencia de la Fusión, se producirá la extinción, vía disolución sin
liquidación, de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque a título universal
de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión
universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
Se pone de manifiesto que el acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al
Proyecto de Fusión sin necesidad de publicar o elaborar el informe de los
administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, así como sin necesidad
de aprobación por las juntas generales de la sociedad absorbida y absorbente, de
conformidad con los artículos 53 y 55 RD 5/2023.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los
acreedores de cualquiera de las sociedades participantes en la fusión; a obtener el
texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los respectivos balances de
fusión. Así como del derecho que asiste a los acreedores de las sociedades
participantes cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del
presente acuerdo de fusión; a solicitar del Registrador Mercantil y en el plazo de un
(1) mes, que nombre un experto independiente para que emita un informe respecto
de las garantías a los acreedores, todo ello en los términos y con los efectos
legalmente previstos de conformidad con el artículo 13 del RDLME.
Zaragoza, 1 de enero de 2024.- Presidente del Consejo de Administración de
la Sociedad Absorbente y los administradores solidarios de la Sociedad absorbida,
Don Miguel Angel Hidalgo Arribas y Don Jorge Hidalgo Mendía y Don Diego
Hidalgo Nourry.

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