SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-183)
OCEAN SERVICIOS INTEGRALES S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) GELINTEC XXI, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 14

Viernes 19 de enero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

183

OCEAN SERVICIOS INTEGRALES S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GELINTEC XXI, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo,
de 28 de junio de 2023, sobre, entre otros, las modificaciones estructurales de
sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que por decisiones del socio
único de OCEAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U. de fecha 13 de enero de
2024, en ejercicio de las competencias de la Junta General de dicha sociedad se
aprobó (i) la fusión por absorción entre OCEAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U.,
como sociedad absorbente, y GELINTEC XXI, S.L.U., como sociedad absorbida,
con extinción de la sociedad absorbida que transmite en bloque su patrimonio a la
sociedad absorbente, la que adquirirá a título universal por sucesión universal
todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida y (ii) que la
fecha de efectos contables de la fusión será el 1 de enero de 2024 y, por ello, las
operaciones que se realicen por la sociedad absorbida desde el 1 de enero de
2024 hasta la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil de Madrid
se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad
absorbente, todo ello conforme al proyecto de fusión redactado por los órganos de
administración de las dos sociedades participantes.
No es necesaria la aprobación de la fusión por la junta general de la sociedad
absorbida, en virtud del artículo 53.1.4 de la LME, dado que la sociedad absorbida
está íntegramente participada de forma directa por el socio único de la sociedad
absorbente.
Al haberse adoptado dicha decisión de fusión por el socio único de la sociedad
absorbente, en ejercicio de las competencias atribuidas a la junta general de
socios de la misma, se aplicará lo dispuesto en el artículo 9 de la LME.
Se advierte expresamente a los acreedores y a los trabajadores de las dos
sociedades participantes en este proceso de fusión, de su derecho a obtener el
texto íntegro de la decisión adoptada y de los balances de fusión presentados, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 de la LME.

Madrid, 15 de enero de 2024.- D. Pedro Bardají Jiménez y D. Iván López Ríos,
administradores solidarios de OCEAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U.
(sociedad absorbente), D. Iván López Ríos, administrador único de GELINTEC
XXI, S.L.U. (sociedad absorbida).
ID: A240001911-1

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cve: BORME-C-2024-183
Verificable en https://www.boe.es

Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la última publicación de este
anuncio de fusión, los acreedores de cada una de las dos sociedades participantes
en la fusión podrán oponerse a la misma, en los términos dispuestos en el artículo
13 de la LME.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958