SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-129)
PROYECTO FINTECH 1984, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) SMARTFINCAS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 10

Lunes 15 de enero de 2024

Pág. 170

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

129

PROYECTO FINTECH 1984, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SMARTFINCAS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de
28 de junio, se hace público que con fecha 29 de diciembre de 2023, se celebró la
Junta General Extraordinaria y Universal de las entidades Proyecto Fintech 1984,
Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) y Smartfincas, Sociedad Limitada
Unipersonal (Sociedad Absorbida), y se aprobó por unanimidad la fusión por
absorción de la sociedad Smartfincas, S.L.U. por parte del socio único, Proyecto
Fintech 1984, S.L., con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la
sociedad absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de
sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, todo ello según los
términos del proyecto común de fusión impropia, suscrito el día 29 de diciembre de
2023 por los órganos de administración de las sociedades que participan en la
fusión.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real
Decreto-Ley 5/ 2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad
Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que
se divide el capital de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto
de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo
acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De
conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 5/2023, no ha
sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la
ley.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las
sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de
fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social
de la sociedad, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.

Barcelona, 2 de enero de 2024.- El Administrador único de Proyecto Fintech
1984 SL, Pedro Antonio García Garzón.
ID: A240000990-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2024-129
Verificable en https://www.boe.es

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y
sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para
el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el
derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de
las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la
publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos
13 y 14 del Real Decreto-Ley 5/2023.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958