SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-87)
CHIESI ESPAÑA, S.A.U (SOCIEDAD ABSORBENTE) AEGERION PHARMACEUTICALS SPAIN, S.L.U. AMRYT PHARMA SPAIN, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Miércoles 10 de enero de 2024

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(b) Informes de los administradores de las Sociedades y de expertos sobre el
Proyecto de Fusión.
(c) El aumento de capital de Chiesi España.
(d) La aprobación de la Fusión por el socio único de Aegerion Spain y Amryt
Spain.
No obstante lo anterior, se hace constar que, en aplicación del artículo 5.5 del
RDL 5/2023, los administradores de las Sociedades elaborarán un informe ad hoc
para los trabajadores en el que se explicarán las consecuencias de la Fusión para
el empleo. Este informe será objeto de publicidad en los términos legalmente
previstos.
Asimismo, puesto que Chiesi España no aumentará su capital social en el
contexto de la Fusión, tampoco será necesario un informe de experto
independiente a los efectos previstos en el artículo 67 del Real Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital (equivalente a la segunda parte del informe de experto al
que hace referencia el apartado 3 del artículo 41 del RDL 5/2023).
En la medida en que Chiesi España es titular de la totalidad del capital social
de Aegerion Spain y Amryt Spain, y siempre que con un mes de antelación como
mínimo a la fecha prevista para la formalización de la Fusión se hubiesen cumplido
con los requisitos de publicidad e información previstos en el artículo 55.1 del RDL
5/2023, no será necesaria la aprobación de la Fusión por el socio único de Chiesi
España.
Habida cuenta de que la Sociedad Absorbente esta íntegramente participada
por Chiesi Italia, se hace constar que no está previsto el ejercicio del derecho de
los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social a exigir la
celebración de la junta de la Sociedad Absorbente para la aprobación de la
absorción por el cauce legalmente previsto (véase el apartado 8 de este Proyecto).
No obstante, en el anuncio que se publique conforme a lo previsto en el citado
artículo 55.1 del RDL 5/2023 se hará mención al derecho de socios, acreedores y
trabajadores a formular observaciones relativas al Proyecto conforme al artículo 7
del RDL 5/2023.
Por último, y aunque no está previsto que la Fusión sea objeto de aprobación
por los respectivos socios únicos de las Sociedades, al menos un mes antes de la
fecha prevista para la formalización de la Fusión se procederá a la inserción del
Proyecto en la página web corporativa de Chiesi España, junto con el resto de la
documentación referida en el apartado 8, y al depósito en los Registros Mercantiles
de Madrid y Barcelona del Proyecto de Fusión.
4. Identificación de las sociedades participantes en la Fusión
4.1 CHIESI ESPAÑA, S.A.U., como Sociedad Absorbente
Chiesi España, S.A.U. es una sociedad anónima española, con domicilio social
en L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona), Torre Realia, plaza de Europa, 41-43,
planta 10, 08908 y con número de identificación fiscal (N.I.F.) A-08017204. Chiesi
España figura inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 47.752, folio
168, hoja B-78.343.

cve: BORME-C-2024-87
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