SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2024-45)
PAVASAL EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DE RECURSOS Y OBLIGACIONES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 3

Jueves 4 de enero de 2024

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

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PAVASAL EMPRESA CONSTRUCTORA S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DE RECURSOS Y OBLIGACIONES,
S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio,
sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("LME") se hace
público que las Juntas Generales de Pavasal Empresa Constructora S.A., (la
"Sociedad Escindida" o indistintamente "Pavasal") y de Compañía Administradora
de Recursos y Obligaciones S.L. (la "Sociedad Beneficiaria" o indistintamente
"Caro") celebradas ambas el 29 de diciembre de 2023, acuerdan la Escisión
Parcial de la Sociedad Escindida a favor de la Sociedad Beneficiaria, todo ello de
acuerdo con el Proyecto de Escisión redactado, aprobado y formulado por los
administradores de dichas sociedades en fecha 8 de noviembre de 2023 y
depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 14 de noviembre de
2023.
En virtud de la escisión, Pavasal escindirá, sin extinguirse, una parte de su
patrimonio a favor de la Beneficiaria, quien adquirirá por sucesión universal todos
los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.
Al encontrarse Pavasal íntegramente participada por Caro, la escisión se
realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la LME. En
consecuencia, no resulta necesario para esta escisión, entre otros aspectos, el
informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de
experto independiente.
Asimismo, al haberse acordado por unanimidad la Escisión en sendas Juntas
Universales conforme al artículo 9 LME, el acuerdo de Escisión se ha adoptado sin
publicar o depositar los documentos exigidos por la LME y sin los anuncios lo de
los documentos indicados en dicho artículo.

Asimismo, se hace constar que los acreedores cuyos créditos hubieran nacido
con anterioridad a la publicación del anuncio del acuerdo de escisión y no hubieran
vencido en el momento de la publicación, podrán ejercitar los derechos de
protección de acreedores y adecuación y eficacia de las garantías previstos en los
artículos 13 y 14 LME, en el plazo de un mes a partir de la publicación del acuerdo,
y en su caso el derecho de oposición de acreedores que pudiera corresponderles.
En Valencia, 29 de diciembre de 2023.- El Presidente del Consejo de
Administración de la Sociedad Escindida PAVASAL EMPRESA
CONSTRUCTORA, S.A.: COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DE RECURSOS Y
OBLIGACIONES, S.L., representada por D. Alfredo Melchor de Quesada Ortells El
Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Beneficiaria Compañía
Administradora de Recursos y Obligaciones, S.L.: D. Alfredo de Quesada Ibáñez.
ID: A230050620-1

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En cumplimiento de los artículos 10 y 13 de la LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades
que participan en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión
adoptados, así como los balances de escisión cerrados a 31 de agosto de 2023
aprobados por cada una de las sociedades participantes en la escisión, los cuales
se encuentran a disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el
informe de auditoría del balance de la Sociedad Escindida.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958