SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7656)
DOMAIN ARRES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) PRIMEROS POBLADORES, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 245

Jueves 28 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7656

DOMAIN ARRES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRIMEROS POBLADORES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 9 y 10 del Real Decreto-Ley
5/2003, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas
de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania,
de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de
modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida
familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y
cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante RDL 5/2023), se hace
público que Domain Arres, S.L. y Primeros Pobladores, S.L. aprobaron en fecha 21
de diciembre de 2023, la fusión por absorción de dichas sociedades, mediante la
absorción por Domain Arres, S.L. (como sociedad absorbente) de Primeros
Pobladores, S.L. (como sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de la
sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todo su patrimonio a
la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto
común de fusión suscrito por el administrador único de las dos sociedades
intervinientes, con fecha 19 de diciembre de 2023.
En la medida en que las sociedades participantes en la fusión no son
sociedades anónimas ni comanditarias por acciones, y que el acuerdo de fusión ha
sido adoptado en junta universal de socios y por unanimidad, no son aplicables las
normas generales que, sobre el proyecto y los balances de fusión, se establecen
en las secciones segunda y tercera del capítulo 2 del mencionado RDL 5/2023,
todo ello conforme a lo dispuesto en su artículo 9.
Por último, y de conformidad con los artículos 10, 13, 14 y concordantes del
RDL 5/2023, se hace constar el derecho de los acreedores de obtener el texto
íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como a ejercer
los derechos que, en su caso y con arreglo a los citados artículos, les corresponda.
Barcelona, 22 de diciembre de 2023.- Administrador Único de la sociedad
Domain Arres, S.L. y de la sociedad Primeros Pobladores, S.L, Jorge Serra
Romeo.

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