SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7460)
ALSE SERVICIOS AUXILIARES, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) TEAM SERVICIOS INTEGRALES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 238

Lunes 18 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7460

ALSE SERVICIOS AUXILIARES, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
TEAM SERVICIOS INTEGRALES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante, "LME") por remisión del artículo 73.1 de la misma ley, se hace público
que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Alse Servicios
Auxiliares, S.L., (Sociedad Escindida), celebrada el 26 de julio de 2023, después
de aprobar el Proyecto de Escisión Parcial suscrito por los órganos de
administración de la Sociedad Escindida y Team Servicios Integrales, S.L.
(Sociedad Beneficiaria) en fecha 27 de junio de 2023, acordó, por unanimidad, la
escisión parcial sin extinción de la Sociedad Escindida mediante la transmisión en
bloque de una parte de su patrimonio, a la Sociedad Beneficiaria, la cual adquirirá
por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del
patrimonio escindido, aumentando su capital y adjudicando a los socios de la
Sociedad Escindida las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria
correspondientes en proporción a su participación en el capital social de la
Sociedad Escindida, existiendo compensaciones en metálico a efectos de
determinar correctamente el tipo de canje. Como consecuencia de la escisión
parcial, la Sociedad Escindida minorará las reservas disponibles existentes.
Tal como dispone el artículo 72 de la LME, la escisión se realiza mediante la
transmisión en bloque de una parte del patrimonio de la sociedad escindida, la cual
conforma una unidad económica autónoma e independiente, consistente en la
actividad de servicio de limpieza de edificios, a favor de la Sociedad Beneficiaria.
En virtud del artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión
parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de las Sociedades
Intervinientes, no es necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de
Escisión Parcial

En Bilbao a, 21 de noviembre de 2023.- Presidente del Consejo de
Administración de Alse Servicios Auxiliares, S.L., D. Gabriel Goiri Basterra.
Representante persona física de Taldebegi, S.L., como administrador único de
Team Servicios Integrales, S.L, D. Iñaki Alzaga Etxeita.
ID: A230048341-1

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Se hace constar, conforme a los artículos 39 y 43 LME, el derecho de los
socios, trabajadores y acreedores de la Sociedad Escindida de obtener el texto
íntegro del acuerdo adoptado, y los demás documentos relacionados con la
escisión mediante su envío o entrega gratuita. Asimismo, en aplicación del artículo
44 LME, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el
plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del
acuerdo de escisión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958