SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7334)
PROMOCIONS SORT DEL PI, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) SPK PACKAGING HOLDING, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN PARCIAL)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 233

Lunes 11 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7334

PROMOCIONS SORT DEL PI, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
SPK PACKAGING HOLDING, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN PARCIAL)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/
2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otras materias, la nueva ley en
materia de modificaciones estructurales (en adelante, la "Nueva LME"), se hace
público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad
PROMOCIONS SORT DEL PI, S.L., en fecha 30 de noviembre de 2023, ha
acordado por unanimidad aprobar la escisión de parte de su patrimonio a favor de
SPK PACKAGING HOLDING, S.L. (Sociedad Beneficiaria de la Escisión Parcial),
sociedad ésta de nueva creación, mediante el traspaso en bloque y por sucesión
universal del patrimonio escindido consistente en todas las participaciones/
acciones que PROMOCIONS SORT DEL PI, S.L. ostenta en las mercantiles
españolas "CONSULTING & PACKAGING SPAIN, S.L.U.", "PACKNORTE, S.L.U."
y SORETRAC, S.A.U." y que representan el 100% del capital social de éstas tres
sociedades, en los términos y condiciones previstos en el proyecto de escisión
suscrito por los administradores solidarios de PROMOCIONS SORT DEL PI, S.L.
el 30 de noviembre de 2023, que fue aprobado por los socios de la sociedad
escindida (PROMOCIONS SORT DEL PI, S.L.) en dicha Junta General
Extraordinaria y Universal de Socios de 30 de noviembre de 2023.
Los acuerdos de esa Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de
PROMOCIONS SORT DEL PI, S.L. de 30 de noviembre de 2023 aprobaron
asimismo la constitución de SPK PACKAGING HOLDING, S.L. (Sociedad
Beneficiaria de la escisión parcial en cuestión) y los estatutos sociales por los que
deba regirse.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Nueva LME, se hace
constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro
de los acuerdos adoptados (no del balance de escisión porque en esta operación
no hay al no ser necesario conforme señalado más arriba).
En La Sénia (Tarragona), 30 de noviembre de 2023.- D. Manuel Vinyals
Allepuz y D. Nicolás Vinyals Allepuz, Administradores Solidarios de Promocions
Sort del Pi, S.L.
ID: A230047141-1

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La escisión parcial descrita se efectúa al amparo de lo previsto en el artículo
71.1 de la Nueva LME, por cuanto que todas las participaciones sociales de la
Sociedad Beneficiaria, sociedad ésta de nueva constitución, se atribuirán a los
socios actuales de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que
tienen en el capital social de la Sociedad Escindida, de manera que no es
necesario: (i) el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión
(además se menciona, en cuanto al artículo 67 de la Nueva LME, que tratándose la
Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria de nueva constitución, de
mercantiles de tipo sociedades limitadas, tampoco es necesario el informe de
administradores sobre la aportación no dineraria constitutiva de la unidad
económica independiente que se trasmite por la Sociedad Escindida a la Sociedad
Beneficiaria); (ii) ni el informe de expertos independientes (el cual tampoco era
necesario tratándose tanto la Sociedad Escindida como la Sociedad Beneficiaria
de mercantiles de tipo sociedades limitadas); (iii) ni el balance de escisión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958