SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7327)
HUERTAS INDUSTRIAS GRÁFICAS, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ARTES GRÁFICAS HUERTAS, S.A.U. ENCUADERNACIONES HUERTAS, S.L.U (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 233

Lunes 11 de diciembre de 2023

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7327

HUERTAS INDUSTRIAS GRÁFICAS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARTES GRÁFICAS HUERTAS, S.A.U.
ENCUADERNACIONES HUERTAS, S.L.U
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de mercantil
HUERTAS INDUSTRIAS GRÁFICAS, S.A. (sociedad absorbente), celebrada con
fecha 1 de diciembre de 2023 adoptó por unanimidad de sus socios el acuerdo de
fusión mediante la absorción de las entidades ARTES GRÁFICAS HUERTAS,
S.A.U. y ENCUADERNACIONES HUERTAS, S.L.U. (sociedades absorbidas), con
extinción por disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión
en bloque de sus patrimonios a la sociedad absorbente HUERTAS INDUSTRIAS
GRÁFICAS, S.A., que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos
y obligaciones de las sociedades absorbidas. Al tratarse de un supuesto de fusión
por absorción de sociedades íntegramente participadas y haber sido adoptados los
acuerdos de fusión de forma unánime por los socios de todas las entidades
participantes en la Fusión, es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en los
artículos 9 y 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
El acuerdo de fusión por absorción de la entidad HUERTAS INDUSTRIAS
GRÁFICAS, S.A. ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito con fecha 20
de noviembre de 2023 por los órganos de administración de las sociedades
participantes de la fusión, no habiendo sido necesario su depósito en el Registro
Mercantil de Madrid en aplicación del artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28
de junio, y se ajusta al mismo. Dicho Proyecto de Fusión, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio no ha sido
objeto de Informe del experto.
Se anuncia el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de
obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y del balance de fusión, tal
y como indica el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
Igualmente se hace constar el derecho, que corresponde a los representantes
de los trabajadores y trabajadores y a los accionistas y socios de las sociedades
participantes de la fusión, de examinar en el domicilio social de cada sociedad
participante de la fusión, copia los documentos de la fusión a que hace referencia
el artículo 46 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, así como a obtener la
entrega y envío gratuito de los mismos.
Madrid, 1 de diciembre de 2023.- El Administrador Solidario de las tres
sociedades intervinientes en la fusión, D. Luis Francisco Hedo Gómez.
cve: BORME-C-2023-7327
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