SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2023-7256)
BANCO DE SABADELL, SOCIEDAD ANÓNIMA
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Lunes 4 de diciembre de 2023

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de 2023 como Otra Información Relevante a la CNMV, con número de registro
25376, y publicado en la página web corporativa de Banco Sabadell.
En consecuencia, al amparo de la delegación de facultades conferida a su
favor en el referido acuerdo de reducción de capital social aprobado por la Junta
General Ordinaria de Accionistas de Banco Sabadell, sujeto a los términos y
condiciones previstos en dicho acuerdo, y conforme a la autorización del BCE, el
Consejo de Administración ha acordado por unanimidad en fecha 30 de noviembre
de 2023 ejecutar la reducción del capital social de Banco Sabadell, fijando en
23.342.906,75 euros el importe de la reducción de capital.
La reducción de capital se realiza mediante la amortización de la totalidad de
las acciones propias adquiridas en el marco del Programa de Recompra, esto es,
186.743.254 acciones de 0,125 euros de valor nominal cada una de ellas,
representativas aproximadamente del 3,32 por 100 del capital social de la
Sociedad antes de la reducción de capital.
El capital social resultante de la reducción de capital queda fijado en
680.027.680,875 euros, representado por 5.440.221.447 acciones de 0,125 euros
de valor nominal cada una de ellas, todas ellas pertenecientes a la misma clase y
serie.
La ejecución de la reducción de capital no comporta devolución de
aportaciones a los accionistas por ser Banco Sabadell en el momento de la
ejecución de la reducción de capital, el propio titular de las acciones que se
amortizan, y se realiza con cargo a reservas de libre disposición, mediante la
dotación de una reserva indisponible por capital amortizado por un importe igual al
valor nominal de las acciones amortizadas (esto es, 23.342.906,75 euros), de la
que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la
reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en el artículo 335 c) de la
Ley de Sociedades de Capital, por lo que los acreedores de la Sociedad no
tendrán el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de
Sociedades de Capital.
A efectos de lo previsto en el artículo 411 de la Ley de Sociedades de Capital y
de conformidad con lo estipulado en la disposición adicional primera de la Ley 10/
2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de
crédito, se hace constar que, al ser Banco Sabadell una entidad de crédito y
cumplirse el resto de requisitos consignados en la indicada disposición adicional,
no se precisa para la ejecución de la reducción de capital el consentimiento de los
sindicatos de obligacionistas de las emisiones de obligaciones y bonos en
circulación.
El presente anuncio se encuentra disponible en la página web corporativa de la
Sociedad (www.grupbancsabadell.com).
En los próximos días se procederá al otorgamiento de la escritura pública de
reducción de capital mediante amortización de acciones propias y modificación de
los Estatutos Sociales de Banco Sabadell. Una vez inscrita en el Registro
Mercantil, la Sociedad solicitará la exclusión de negociación de las acciones
amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y su
cancelación y baja en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los
Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear).

cve: BORME-C-2023-7256
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Núm. 230