SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7136)
PLANELLS PLANELLS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) ÉBANO APARTOTEL SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 226

Martes 28 de noviembre de 2023

Pág. 8545

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7136

PLANELLS PLANELLS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
ÉBANO APARTOTEL SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del
artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones
Estructurales de la Sociedades Mercantiles (en adelante "Ley de Modificaciones
Estructurales") se hace público que por decisión unánime de la Junta general
universal y extraordinaria de la sociedad "PLANELLS PLANELLS, S.L." de fecha
20 de noviembre de 2023, se aprobó la escisión parcial de la entidad "PLANELLS
PLANELLS, S.L." (Sociedad Escindida) a favor de la entidad "EBANO
APARTOTEL, S.L." (Sociedad Beneficiaria de nueva creación).
La escisión implica el traspaso en bloque y por sucesión universal de una parte
del patrimonio de la Sociedad Escindida (detallada en el Proyecto de Escisión
Parcial) a favor de la Sociedad Beneficiaria, llevándose a cabo la correspondiente
reducción de fondos propios de la Sociedad Escindida con cargo a Reservas de la
sociedad. Los socios de la Sociedad Escindida recibirán un número de
participaciones sociales en la Sociedad Beneficiaria proporcional a su participación
en la Sociedad Escindida.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones
Estructurales el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado en las juntas
generales universales de las sociedades participantes en la escisión parcial sin
necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley,
y sin informe de los administradores, al haberse adoptado por la decisión unánime
de los socios tanto de la sociedad parcialmente escindida y de la Sociedad
beneficiaria.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 44 de la Ley de
Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los socios y
acreedores de las sociedades intervinientes a solicitar el texto íntegro del acuerdo
de escisión parcial aprobado y los balances de escisión. Asimismo, se hace
constar expresamente el derecho de oposición a la operación de escisión parcial
que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un
mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de
escisión parcial, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la
ley de modificaciones Estructurales.
Ibiza, 23 de noviembre de 2023.- Administradora única, Junalex Sociedad
Limitada ( Juan Planells Ivars).
cve: BORME-C-2023-7136
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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958