SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-7132)
INVERSIONES ROSSI, S.A.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) NORD PR, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 226

Martes 28 de noviembre de 2023

Pág. 8539

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7132

INVERSIONES ROSSI, S.A.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
NORD PR, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo
73, ambos de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de
las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el Socio
Único común tanto de la mercantil INVERSIONES ROSSI, S.A.U. (Sociedad
Escindida), como de la mercantil NORD PR, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria),
ejerciendo las competencias de la Junta General de ambas sociedades acordó con
fecha 30 de Junio la escisión parcial sin extinción de INVERSIONES ROSSI,
S.A.U. mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, que forma
una rama de actividad, consistente en los negocios de comercio al por menor que
venía explotando, a la sociedad beneficiara preexistente NORD PR, S.L.U.
adquiriendo esta por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones
integrantes de dicha rama de actividad.
El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado en base en el Proyecto Común
de Escisión Parcial de Sociedades Gemelas, aprobado por los Órganos de
Administración de ambas Sociedades en fecha 1 de Junio de 2023, sirviendo de
base para la operación los Balances de ambas Sociedades cerrados a 31 de
diciembre de 2022. En el acuerdo de escisión parcial adoptado consta el detalle de
los elementos del activo y pasivo que componen la rama de actividad escindida y
que constituye una unidad económica autónoma. Como consecuencia de la
escisión parcial, la Sociedad Escindida ha reducido sus reservas voluntarias de
forma proporcional y en el importe necesario en correlación con el patrimonio
escindido, no siendo necesario la reducción de su capital social por mantener tras
la escisión un patrimonio en valor más que suficiente como para garantizar la
integridad del capital social.
El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los
administradores ni de expertos independientes sobre el Proyecto de Escisión
Parcial, dado que el acuerdo de escisión ha sido aprobado por unanimidad en
junta universal por el socio común de ambas sociedades, siendo de aplicación los
artículos 42 y 49 de la mencionada Ley, en relación con el artículo 73.1.

Alcúdia, 30 de octubre de 2023.- Administrador único, Piero Rossi.
ID: A230045678-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2023-7132
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace
constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades
participantes, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los
Balances de la Escisión Parcial. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a
los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de escisión
parcial a oponerse a la misma durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha
de publicación del último anuncio del acuerdo.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958