SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-6834)
CRISTALERIA TELDE, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) CRISTALERIA INSTALACIONES GUIMAR, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 219

Viernes 17 de noviembre de 2023

Pág. 8200

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

6834

CRISTALERIA TELDE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CRISTALERIA INSTALACIONES GUIMAR, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público
que los socios de las juntas generales de CRISTALERIA TELDE, S.L. (la
"Sociedad Absorbente") y de CRISTALERIA INSTALACIONES GUIMAR, S.L.U. (la
"Sociedad Absorbida"), el día 03 de noviembre de 2023, aprobaron la fusión por
absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, con
disolución sin liquidación de las Sociedad Absorbida y traspaso en bloque a título
universal del patrimonio de ésta a favor de la Sociedad Absorbente, subrogándose
ésta última en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida,
conforme a lo dispuesto en el Proyecto Común de Fusión aprobado y firmado por
los Administradores Únicos de ambas sociedades intervinientes. La redacción del
proyecto de fusión y el procedimiento y estructura de la operación de fusión se
ajusta a lo dispuesto en los artículos 33 y siguientes de del Real Decreto Ley 5/
2023, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. El
acuerdo de fusión podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la ley y sin anuncio sobre la posibilidad
formular observaciones ni informe de administradores sobre el proyecto de fusión,
en relación con lo establecido en el artículo 9 del mismo texto.
De acuerdo con los artículo 10 de Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se
hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo
adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de
cada una de las sociedades intervinientes a ejercitar su derecho de oposición
durante el plazo de un mes a partir de la publicación del anuncio de fusión.
Agüimes, 3 de noviembre de 2023.- Administradores únicos, De Cristalería
Telde, S.L. Don Juan Jerónimo Castro Hernández y de Cristalería Instalaciones
Güímar, S.L.U. Don Jonathan Aridanes Castro Medina.

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D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958