SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-1733)
EL ALCOREJO, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) EL ALCOREJO, S.L. POLLENSA NETA, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 78

Martes 25 de abril de 2023

Pág. 2190

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

1733

EL ALCOREJO, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
EL ALCOREJO, S.L.
POLLENSA NETA, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

De conformidad con el artículo 43, por remisión del artículo 73, ambos de la
Ley 3/2009, se hace público que la Junta General, extraordinaria y universal de
socios de la mercantil "El Alcorejo, S.L."(Anteriormente "El Alcorejo, S.A.")
(Sociedad escindida), aprobó por unanimidad con fecha 21 de abril de 2023, la
escisión total de "El Alcorejo, S.L.", con la disolución sin liquidación de esta y la
división de su patrimonio en dos partes, que se transmiten en bloque y por
sucesión universal a favor de las sociedades beneficiarias de nueva creación "El
Alcorejo, S.L." y "Pollensa Neta, S.L.", todo ello en los términos establecidos en el
proyecto de escisión redactado y suscrito por el Órgano de Administración, y
aprobado, en cumplimiento del artículo 30 de la Ley 3/2009, subrogándose las
sociedades beneficiarias en todos los derechos y obligaciones de la entidad
escindida, sobre el patrimonio escindido que, respectivamente se les ha atribuido.
El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los
administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial, dado que el acuerdo de
escisión ha sido aprobado por unanimidad de los socios de la Sociedad Escindida,
siendo de aplicación el artículo 42 de la LME, en relación con el artículo 73.1 de la
LME.
De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se
hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y que
asimismo a los acreedores de la sociedad escindida les asiste el derecho de
oposición a la escisión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha
del último anuncio de los acuerdos adoptados por la Junta General de Socios.
Madrid, 24 de abril de 2023.- El Secretario del Consejo de Administración de
"El Alcorejo, S.L.", Doña María Isabel del Monte Soria.

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