SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2023-1536)
IBERPAPEL GESTION, S.A.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Martes 18 de abril de 2023

Pág. 1942

(Guipúzcoa) haciendo constar nombre y apellidos (o razón social) y acreditando su
identidad mediante fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte (y
si se trata de persona jurídica, documentación suficiente de su representación), así
como de su condición de accionista, indicando el número de acciones y entidad
depositaria.
Cualquier otra información complementaria relativa a la celebración de la Junta
que no conste expresamente en este anuncio podrá ser consultada en la página
web de la Sociedad (www.iberpapel.es).
DERECHO DE ASISTENCIA.
Conforme a lo dispuesto en los Estatutos Sociales, el Reglamento de la Junta
General de Accionistas y la Ley de Sociedades de Capital, podrán asistir a la Junta
General los accionistas que tengan inscritas la titularidad de sus acciones en el
correspondiente registro de anotaciones en cuenta, con cinco días de antelación,
cuando menos, a aquél en que haya de celebrarse la Junta, y lo acrediten
mediante la oportuna tarjeta de asistencia y voto, o el certificado expedido a través
de las correspondientes Entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los
Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima
(Iberclear), o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente.
DERECHO DE REPRESENTACIÓN.
Los accionistas con derecho de asistencia podrán delegar su representación
en otra persona, aunque ésta no sea accionista, cumpliendo los requisitos y
formalidades establecidas al efecto. La representación será nominativa y deberá
conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta. En el caso de que
se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el
representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de
conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta
correspondiente.
De conformidad con los Estatutos Sociales, el Reglamento de Junta General
de Accionistas, y las normas de desarrollo aprobadas por el Consejo de
Administración sobre delegación y voto por medios de comunicación a distancia, la
representación podrá conferirse por escrito bajo firma autógrafa, o por medios
telemáticos bajo firma electrónica. El accionista deberá acreditar su identidad
mediante el Documento Nacional de Identidad Electrónico o firma electrónica
reconocida o avanzada basada en certificado electrónico de usuario reconocido,
válido y vigente, en relación con el cual no conste su revocación y que haya sido
emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente
de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (en adelante conjuntamente como
"Firma Electrónica Válida"). En el caso de firma electrónica, el accionista utilizará el
formulario puesto a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página
web (www.iberpapel.es). La delegación electrónica deberá realizarse, al menos, 24
horas antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta en primera
convocatoria, no computándose aquellos votos que sean recibidos con
posterioridad.
En los supuestos de representación conferida mediante correspondencia
postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado correspondiente
a la delegación de la tarjeta de asistencia emitida en papel por la correspondiente
entidad participante en Iberclear, debiendo aceptar el representante la
representación, firmando a tal fin la tarjeta de asistencia y delegación que el
accionista le habrá hecho llegar. La persona en quien se delegue el voto sólo
podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta.

cve: BORME-C-2023-1536
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 73