SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-1333)
ZALA S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ZAGARLA S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA) ZALGA S.L (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 66

Miércoles 5 de abril de 2023

Pág. 1678

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

1333

ZALA S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ZAGARLA S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
ZALGA S.L
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3
de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante, "LME") por remisión de su artículo 73.1, se hace público que la sociedad
"Zala S.L." (la "Sociedad Escindida"), en Junta General Extraordinaria y Universal
de accionistas de fecha 30 de marzo de 2023, aprobó por unanimidad, la escisión
total de la misma, lo que supondrá: su extinción por disolución sin liquidación, la
división de todo su patrimonio en dos partes y la transmisión en bloque por
sucesión universal de cada una de ellas a las dos sociedades beneficiarias: las
sociedades ya existentes "Zagarla S.L." y "Zalga S.L" y todo ello de conformidad
con lo establecido en el proyecto común de escisión total suscrito el 28 de marzo
de 2023 por los órganos de administración de todas las sociedades participantes.
Se hace constar que el acuerdo de escisión total ha sido igualmente adoptado
de forma unánime por los socios de ZALGA, S.L. (sociedad beneficiaria
preexistente), mediante Junta General Extraordinaria y Universal de fecha 30 de
marzo de 2023, conforme a los términos establecidos en el proyecto común de
escisión total
Asimismo, se hace constar que el acuerdo de escisión total ha sido igualmente
adoptado de forma unánime por los socios de Zagarla, S.L. (sociedad beneficiaria
preexistente), mediante Junta General Extraordinaria y Universal fecha 30 de
marzo de 2023, conforme a los términos establecidos en el proyecto común de
escisión total.
Al haber sido aprobado la escisión por todas las sociedades que participan en
la escisión mediante Junta Universal y por unanimidad de todos los socios y
accionistas, la operación se llevará a cabo al amparo del artículo 42 de la LME, en
relación con el artículo 73.1 de la misma Ley.

La operación de escisión total se acoge al régimen fiscal sobre fusiones,
escisiones y canje de activos establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley
de Impuesto sobre Sociedades.
Madrid, 30 de marzo de 2023.- Administradores Solidarios de la sociedad
escindida ZALA, S.L., Domingo García Martinez y María Dolores García Martínez,
El Administrador único de la sociedad beneficiaria ZAGARLA, S.L. Domingo García
Martínez, Y la administradora única de la Sociedad beneficiara ZALGA, S.L. doña
María Dolores García Martínez.
ID: A230011906-1
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2023-1333
Verificable en https://www.boe.es

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la escisión total de obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados y del balance de escisión. Asimismo, se hace constar el
derecho de oposición a la operación de escisión total que asiste a los acreedores
de las sociedades participantes, dentro del plazo de un mes a contar desde la
fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, en los
términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958