SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2023-1118)
ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Lunes 27 de marzo de 2023

Pág. 1387

De conformidad con el artículo 7 de los Estatutos Sociales, se delega en el
Consejo de Administración (con expresas facultades de sustitución) la ejecución
del presente acuerdo de reducción de capital, ejecución que podrá llevarse a cabo
en una o varias veces y dentro del plazo máximo de cinco años a contar desde la
fecha de este acuerdo, realizando cuantos trámites, gestiones y autorizaciones
sean precisas o vengan exigidas por la Ley de Sociedades de Capital y demás
disposiciones que sean de aplicación. En especial se faculta al Consejo de
Administración para que, dentro del plazo y límites señalados, (i) fije la fecha o
fechas de la concreta reducción o reducciones del capital, teniendo en cuenta las
condiciones del mercado, la cotización, la situación económico-financiera de la
Sociedad, su tesorería, reservas y evolución del negocio y cualquier otro aspecto
que sea razonable considerar; (ii) concrete el importe de cada reducción de capital
dentro del importe máximo que se establece; (iii) determine la finalidad y
procedimiento de la reducción de capital, dotando bien una reserva indisponible, o
bien, reservas de libre disposición, prestando, en su caso, las garantías y
cumpliendo los requisitos legalmente exigidos; (iv) adapte el artículo 6 de los
Estatutos Sociales a la nueva cifra del capital social; (v) solicite la exclusión de
cotización de los valores amortizados y, en general, adopte cuantos acuerdos sean
precisos en relación con la amortización y consiguiente reducción de capital,
designando las personas que puedan intervenir en su formalización.
La ejecución de la presente reducción de capital estará subordinada a la
ejecución de la reducción de capital por amortización de autocartera propuesta a la
Junta General Ordinaria de Accionistas bajo el punto 7 del Orden del Día, de
manera que en ningún caso podrá impedir la ejecución de dicho acuerdo conforme
a lo previsto en el mismo."
Al amparo del referido acuerdo, aprobado por la Junta General de Accionistas
celebrada el 6 de mayo de 2022, bajo el punto octavo de su orden del día, el
Consejo de Administración de la Sociedad, en sesión celebrada el 23 de marzo de
2023, haciendo uso de facultades delegadas por la Junta General de accionistas,
acordó reducir el capital social mediante la amortización de acciones propias de la
Sociedad por un importe nominal de tres millones de euros con cargo a beneficios
o reservas libres mediante la amortización de seis millones de acciones propias de
ACS.
Se hace constar que por un importe nominal de tres millones de euros
(3.000.000 €) se ha dotado la reserva prevista en el apartado e) del artículo 335 de
la Ley de Sociedades de Capital y que como consecuencia de la referida ejecución
de la Reducción de Capital, el artículo 6 de los Estatutos Sociales quedará
redactado como sigue:
"Artículo 6°. - El capital social es de 139.082.297 euros, representado por
278.164.594 acciones, de CINCUENTA CÉNTIMOS DE EURO de valor nominal
cada una, totalmente suscritas y desembolsadas.
La sociedad podrá emitir acciones sin derecho de voto por un importe no
superior a la mitad del capital social y con derecho a percibir un dividendo anual
mínimo del uno por ciento del capital social desembolsado por cada acción, sin
perjuicio de los demás derechos reconocidos por las leyes.
Igualmente podrá la sociedad emitir acciones rescatables, por un importe
nominal no superior a la cuarta parte del capital social y con el cumplimiento de los
demás requisitos legalmente establecidos."

cve: BORME-C-2023-1118
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Núm. 59