SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-781)
FUGARI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) AUGUSTA QUINCE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 45

Lunes 6 de marzo de 2023

Pág. 965

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

781

FUGARI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUGUSTA QUINCE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3
de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante, "LME"), se hace público que el día 14 de febrero de 2023, los socios de
Fugari, SL (Sociedad absorbente), en ejercicio de las competencias propias de la
Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, reunida en el domicilio social,
ha aprobado la fusión por absorción de la sociedad Fugari, SL (sociedad
absorbente) con la sociedad Augusta Quince, SLU (sociedad absorbida) sobre la
base del proyecto común de fusión de la fecha 31 de enero de 2023. La fusión
implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la
Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida,
circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Habiéndose aprobado
asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre
de 2022. A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión
por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el
artículo 49 de la LME, de conformidad con lo establecido en el Artículo 52 de la
misma ley. El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en
el Proyecto de Fusión por los órganos de administración de las sociedades
intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 42 de la
LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar
previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta
Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto. De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el
derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar, de solicitar y
obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los
balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por
absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de
un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de
fusión por absorción.
Barcelona, 24 de febrero de 2023.- Maria Teresa Jornet Garcia administradora
solidaria de Fugari, SL y, Javier Rivera Garcia administrador único de Augusta
Quince, SLU.

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