SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-780)
DUODREAMS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) QUATOR, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 45

Lunes 6 de marzo de 2023

Pág. 964

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

780

DUODREAMS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
QUATOR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre
Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que
en la Junta General extraordinaria y universal de los socios de la sociedad
absorbente "Duodreams sociedad limitada" (que es socio único de la sociedad
absorbida), en su domicilio social el día 28 de febrero de 2022, se ha aprobado por
unanimidad la fusión por absorción de la sociedad "Quator sociedad limitada", con
extinción sin liquidación de la misma, y traspaso en bloque por sucesión universal,
de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio, a la
sociedad absorbente "Duodreams sociedad limitada".
La decisión sobre la fusión es conforme al Proyecto formulado por los
administradores de ambas compañías el día 27 de febrero de 2022. Junto al citado
proyecto quedaron aprobados los balances de fusión. Las operaciones de la
entidad absorbida se consideran a efectos contables realizadas por cuenta de
"Duodreams sociedad limitada", a partir del día en que la escritura de fusión se
presente en el Registro Mercantil. No se ha otorgado ventaja alguna al órgano de
administración, socios, auditores o expertos independientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el
texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, los
acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse, en los términos
previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de
las sociedades mercantiles a la fusión en el plazo de un mes, a partir de la fecha
de publicación del último anuncio del acuerdo de la Junta General.
Valencia, 28 de febrero de 2023.- Administrador único, Diego Sáez Martínez.

cve: BORME-C-2023-780
Verificable en https://www.boe.es

ID: A230007453-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958