SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-755)
VERIDAS DIGITAL AUTHENTICATION SOLUTIONS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) DAS-GATE ACCESS CONTROL SOLUTION, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 43

Jueves 2 de marzo de 2023

Pág. 927

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

755

VERIDAS DIGITAL AUTHENTICATION SOLUTIONS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DAS-GATE ACCESS CONTROL SOLUTION, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

ANUNCIO DE FUSIÓN
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3
de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la
"LME"), se hace público que la Junta General de Socios de Veridas Digital
Authentication Solutions, S.L. ("Sociedad Absorbente") y el Socio Único de DasGate Access Control Solutions, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") han decidido el día 1
de marzo de 2023 aprobar la fusión por absorción de Das-Gate Access Control
Solutions, S.L.U. por parte de Veridas Digital Authentication Solutions, S.L. con
extinción y sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de
todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.
La mencionada fusión ha sido aprobada de conformidad con lo previsto en el
proyecto común de fusión suscrito el 15 de febrero de 2023 por el consejo de
administración de la Sociedad Absorbente y por los administradores solidarios de
la Sociedad Absorbida ("Proyecto") y los Balances de Fusión de dichas
sociedades, cerrados a 31 de diciembre de 2022, debidamente aprobados por las
Juntas Generales de las respectivas sociedades.
Se hace constar que resulta de aplicación el artículo 42 de la LME, que exime
la publicación y depósito previo del Proyecto, teniendo en cuenta que los acuerdos
han sido adoptados por la junta universal y de forma unánime por los socios de la
Sociedad Absorbente y por el socio único de la Sociedad Absorbida ejerciendo las
competencias de juntas universales y por unanimidad.
Se hace constar, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la LME, el
derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la
fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así
como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse
a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de
un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo
de fusión.
Pamplona, 1 de marzo de 2023.- D. Eduardo Azanza Ladrón, Consejero
Delegado de Veridas Digital Authentication Solutions, S.L. y D. Eduardo Mata
Ferrer, administrador solidario de Das-Gate Access Control Solutions, S.L.U.

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