SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2023-743)
GRUPO CATALANA OCCIDENTE, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 43

Jueves 2 de marzo de 2023

Pág. 910

El Consejo de Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 521
de la Ley de Sociedades de Capital y haciendo uso de la facultad que le confieren
los Estatutos Sociales, informa que el voto podrá ejercitarse, por correo postal o
correo electrónico dirigido a accionistas@catalanaoccidente.com, mediante la
remisión a la Sociedad de la correspondiente tarjeta de asistencia emitida por las
entidades encargadas de la llevanza del registro contable de acciones de la
Sociedad, cumplimentada en el apartado que contiene la fórmula del voto a
distancia.
Asimismo, el ejercicio del voto a distancia por parte del accionista también
podrá realizarse por medios electrónicos con los requisitos formales, necesarios y
proporcionados para garantizar la identificación del accionista y la seguridad de las
comunicaciones electrónicas. Aquellos accionistas que dispongan de firma
electrónica y se identifiquen mediante ella, así como aquellos accionistas
poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), podrán
ejercitar su voto por vía electrónica a través de la página web de la Sociedad
(www.grupocatalanaoccidente.com), siguiendo el procedimiento allí establecido. En
dicha página web se encuentra a disposición de los accionistas información
adicional sobre el ejercicio del derecho de voto por medios electrónicos.
(b) Representación

El Consejo de Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 522
de la Ley de Sociedades de Capital y haciendo uso de la facultad que le confieren
los Estatutos Sociales, informa que el nombramiento de representante por el
accionista y la notificación del nombramiento a la Sociedad, así como, en su caso,
su revocación, podrá ejercitarse, por correo postal o correo electrónico dirigido a
accionistas@catalanaoccidente.com, mediante la remisión a la Sociedad del
formulario de delegación en el que se confiera la representación y, en su caso, las
instrucciones de voto o de la correspondiente tarjeta de asistencia emitida por las
entidades encargadas de la llevanza del registro contable de acciones de la
Sociedad, cumplimentada en el apartado que contiene la fórmula impresa para
conferir la representación y, en su caso, con las instrucciones para el ejercicio del
derecho de voto.
El nombramiento de representante por el accionista y la notificación del
nombramiento a la Sociedad podrán realizarse también por medios electrónicos
con los requisitos formales, necesarios y proporcionados para garantizar la
identificación del accionista y del representante. Aquellos accionistas que
dispongan de una firma electrónica y se identifiquen mediante ella, así como
aquellos accionistas poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico

cve: BORME-C-2023-743
Verificable en https://www.boe.es

Todo accionista que tenga derecho a asistencia a la Junta General podrá
hacerse representar en ésta por otra persona, cumpliendo los requisitos y
formalidades exigidos en los Estatutos Sociales, en el Reglamento de la Junta y en
la Ley. La representación deberá conferirse con carácter especial para cada Junta
y es siempre revocable. La asistencia personal a la Junta del representado tendrá
valor de revocación. Además, la delegación será siempre revocable por los mismos
medios por los que se hubiera efectuado. En caso de solicitud pública de
representación se estará a lo dispuesto en los artículos 186, 187 y 526 de la Ley
de Sociedades de Capital. El nombramiento del representante y la notificación del
nombramiento podrá realizarse, en los términos indicados más adelante, (i) por
medios de comunicación a distancia (mediante correo postal o medios
electrónicos), o (ii) por la cumplimentación de la delegación contenida en la tarjeta
de asistencia y su presentación al personal encargado del registro de accionistas
directamente por el representante el día de celebración de la Junta General.