SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2023-700)
TE CONNECTIVITY SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD SEGREGADA) TE CONNECTIVITY ELECTRONICS SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 40

Lunes 27 de febrero de 2023

Pág. 854

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

700

TE CONNECTIVITY SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD SEGREGADA)
TE CONNECTIVITY ELECTRONICS SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD
BENEFICIARIA)

Anuncio de segregación
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril,
sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), por
remisión del artículo 73.1 de la LME, se hace público que con fecha 24 de febrero
de 2023, el socio único de TE Connectivity Spain, S.L.U. (la Sociedad Segregada o
TECS) y el socio único de TE Connectivity Electronics Spain, S.L.U. (la Sociedad
Beneficiaria o TECES) decidieron aprobar la segregación por parte de la Sociedad
Segregada de una unidad económica de servicios y actividades propios de la
distribución, agencia de ventas y funciones de apoyo a la distribución y venta a
favor de la Sociedad Beneficiaria, que adquirirá en bloque, por sucesión universal,
todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Segregada afectos a esta unidad
económica (la Segregación).
TECES es una sociedad íntegramente participada de forma directa por TECS,
por lo que es aplicable el régimen simplificado establecido en el artículo 49 de la
LME - por remisión del artículo 52.1 de la LME y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 73.1 de la LME - relativo al régimen de fusiones especiales y de
aplicación al régimen general de la escisión (y por tanto de la segregación). En
particular, de acuerdo con el artículo 49 de la LME, y siendo ambas sociedades de
nacionalidad española, (i) el proyecto común de segregación no incluye las
menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME; (ii) no se han elaborado
informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto común de
segregación; y (iii) no se ha llevado a cabo un aumento de capital en la Sociedad
Beneficiaria.
El acuerdo de Segregación ha sido aprobado conforme al proyecto común de
segregación que fue (i) suscrito conjuntamente por el Consejo de Administración
de TECS y de TECES, el pasado 8 de febrero de 2023; y (ii) objeto de depósito en
el Registro Mercantil de Barcelona.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y
obligacionistas de las sociedades que participan en la Segregación a oponerse a la
misma, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un
mes desde la publicación del último anuncio de Segregación.
Barcelona, 24 de febrero de 2023.- La apoderada de TE Connectivity Spain,
S.L.U y de TE Connectivity Electronics Spain, S.L.U, Doña Nadia Cuesta García.
ID: A230006887-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

cve: BORME-C-2023-700
Verificable en https://www.boe.es

A los efectos de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace
constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que
participan en la segregación, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del
balance de segregación, debidamente auditado en el caso de TECS, los cuales se
encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958