SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2022-8268)
REAL CLUB DEPORTIVO MALLORCA, S.A.D.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 246

Jueves 29 de diciembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES

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REAL CLUB DEPORTIVO MALLORCA, S.A.D.

Anuncio para el ejercicio del derecho de preferencia
De conformidad con lo previsto en los Artículos 304 y 305 de la Ley de
Sociedades de Capital ("LSC"), y a los efectos de posibilitar el ejercicio por los
Señores Accionistas del Real Club Deportivo Mallorca, S.A.D. (en adelante, el
"Club") de su derecho de suscripción preferente, se hace público lo siguiente:
I. Condiciones del aumento de capital. La Junta General Ordinaria de
Accionista del Club, debidamente convocada al efecto el 26 de noviembre de 2022,
a través de la página web del Club (www.rcdmallorca.es), y celebrada en primera
convocatoria el 27 de diciembre de 2022, acordó aumentar el capital social del
Club, por importe de 4.710.000,00 €, o por la suma efectivamente suscrita de ser
inferior.
Se emiten 1.570.000 nuevas acciones ordinarias y nominativas, números
3.424.961 a 4.994.960, ambas inclusive, de 3.-€ de valor nominal cada una,
iguales a las existentes, con una prima de 6,37.-€ cada una de ellas.
II. Derecho de preferencia. Para facilitar el ejercicio del derecho de preferencia,
se concede a los accionistas, que pueden suscribir nuevas acciones en proporción
al valor nominal de las que ya posean, un plazo que empezará a contar a partir de
la publicación del presente anuncio de oferta de suscripción en el BORME. El plazo
finalizará a todos los efectos a las quince horas del día 30 de enero de 2023. Los
derechos de preferencia serán transmisibles en las mismas condiciones que las
acciones de las que derivan.
III. Acciones que no resulten suscritas. Los accionistas que no ejerciten o
transmitan, en su caso, su derecho de preferencia en el plazo establecido, se
entiende que renuncian al mismo, pudiendo el Consejo de Administración, o bien
adjudicar las acciones que falten por suscribir al/los accionista/s que estime
pertinente, o a la persona física o jurídica, aunque no sea socio, que crea
conveniente, o bien, declarar la suscripción incompleta.
IV. Suscripción y desembolso. El nominal y la prima de las acciones deberá ser
íntegramente desembolsado por los accionistas mediante ingreso en la cuenta a
nombre del Club (IBAN: ES82 2100 8612 95 0200000378; SWIFT: CAIXESBBXXX,
abierta en la entidad "Caixabank S.A.").

Palma de Mallorca, 28 de diciembre de 2022.- El Vicesecretario no Consejero
del Consejo de Administración, Don. Alfonso Díaz Zaforas.
ID: A220052813-1

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V. Suscripción incompleta. De acuerdo con lo establecido por el artículo 311.1
de la LSC, se prevé expresamente la posibilidad de aumentar el capital por el
importe de las suscripciones efectivamente realizadas.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958