SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7936)
FAIN PUERTAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) AUTODOOR SUR, S.A MANTENIMIENTOS Y AUTOMATISMOS DEL ESTE, S.L. COMERCIAL DE TRANSFORMACIONES METALICAS, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 232

Miércoles 7 de diciembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7936

FAIN PUERTAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUTODOOR SUR, S.A
MANTENIMIENTOS Y AUTOMATISMOS DEL ESTE, S.L.
COMERCIAL DE TRANSFORMACIONES METALICAS, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se
hace público que, el 30 de Junio de 2022, las Juntas Generales y Universales de
las mercantiles FAIN Puertas, S.L., con CIF B02652584 (Sociedad Absorbente), y
Autodoor Sur, S.A., con CIF A92773217, Mantenimientos y Automatismos del Este,
S.L., con CIF B88415005, y Comercial de Transformaciones Metálicas S.L, con
CIF B28960805 (Sociedades Absorbidas), han aprobado la fusión por absorción de
dichas sociedades, adquiriendo la primera la totalidad del patrimonio de las
segundas, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y
obligaciones integrantes de las mismas, sin que se produzca ningún aumento de
capital en la Sociedad Absorbente al tratarse de un supuesto de fusión impropia,
donde las Sociedades absorbidas se encuentran participadas al 100% por la
Sociedad absorbente siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 49.1 de la
LME para la absorción de sociedades íntegramente participadas.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión
suscrito por los Administradores de las cuatro sociedades, con fecha 30 de Junio
de 2022, que fue aprobado por las Juntas Generales de las cuatro sociedades tal y
como establece el artículo 42 de la LME, habiéndose aprobado igualmente los
balances específicos de dichas sociedades a 30 de Junio de 2022.
Dado que cada una de las sociedades participantes en la fusión aprobó la
misma en Junta General y Universal, de conformidad con lo preceptuado en el
artículo 42 de la Ley 3/2009, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad
de publicar el proyecto de fusión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición
que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de
un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el
que se aprueba la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la
Ley 3/2009.

ID: A220048959-1

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cve: BORME-C-2022-7936
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Madrid, 30 de noviembre de 2022.- El Consejero Delegado, Rafael Manuel
Fernández Fernández (Fain Puertas S.L).

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958