SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2022-7910)
RECURSOS MARINOS BENALMADENA S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Lunes 5 de diciembre de 2022

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Y acordar, reconocer que la Sociedad debe y adeuda al Sr. Manuel Villamarin
la cantidad de 2.500€/mensuales por 23 días de septiembre del 2020, y 2.500€/
mensuales por meses de octubre y noviembre y diciembre del 2020 y 2.500€/
mensuales por meses de Enero del 2021, a Octubre del 2021, resultando 35.000 €,
más las cantidad de 2.500€/mensuales hasta la fecha en que se adopte el acuerdo
y acordar proceder a su pago en el plazo de 4 días desde que se adopte el
acuerdo en Junta General.
Cuarto.- Acordar o no ejecutar el pacto contendido en la escritura de 7.9.2020,
de Elevación a Público de Pactos de Socios (protocolo 2610 Notario Sr. Castro- Gil
Iglesias.), suscrito por la sociedad, Clausula Novena:"4.- El incumplimiento de este
contrato conllevará a la indemnización de los perjuicios causados, multiplicados
por dos, como cláusula penal.", y como la sociedad ha incumplido el contrato por
falta de pago del salario al Sr. Manuel Villamarin, teniendo en cuenta que la mora
de falta de pago de salario se paga al 10%, ofrecer al Sr. Manuel Villamarin, el
pago en concepto de indemnización de los perjuicios por falta de pago de su
salario el 20% en concepto de intereses de su salario hasta su pago, y en caso de
aceptar Sr. Manuel Villamarin formalizar documento de reconocimiento de deuda
por el importe exacto, y proceder a su pago en el plazo de 4 días desde que se
adopte el acuerdo en Junta General.
Quinto.- Acordar o no ejecutar el pacto contendido en la escritura de 7.9.2020,
de Elevación a Público de Pactos de Socios (protocolo 2610 Notario Sr. Castro- Gil
Iglesias.), suscrito por la sociedad, Clausula Novena: "4.- El incumplimiento de este
contrato conllevará a la indemnización de los perjuicios causados, multiplicados
por dos, como cláusula penal. En el caso de incumplimiento sustancial, la
indemnización no será inferior a 250.000 euros, siempre que, advertida la parte
incumplidora, no reponga la situación en el plazo de quince días. " y como la
sociedad ha incumplido el contrato y ha limitado las competencias del director
general, (don Manuel Villamartín Lorenzo), revocándole los poderes conferidos, sin
someterlo a la Junta general, ofrecer a LETME SOLUCIONES SL en concepto de
indemnización de los perjuicios el pago en concepto de indemnización de los
perjuicios de 250.000€ y en caso de aceptar LETME SOLUCIONES SL formalizar
documento de reconocimiento de deuda y proceder a su pago en el plazo de 4
días desde que se adopte el acuerdo en Junta General.
Sexto.- Acordar o no, regularizar ante la T.G.S.S. el alta y la falta de pago de
las cotizaciones de la S.S del empleado Sr. Manuel Villamarin.
Séptimo.- Acordar o no el ejercicio de acciones por la Sociedad de
responsabilidad social contra administrador Manuel Meis Prieto con DNI
35481632S, por los daños y perjuicios causados a la sociedad por las anteriores
actuaciones, y por otras que en su caso se verifiquen.
Octavo.- Acordar el Cese del Actual Administrador.
Noveno.- Nombramiento de nuevo administrador.
La junta se llevará a cabo en doble convocatoria el próximo día 22/12/2022 a
sus 10.00 horas en primera convocatoria y 11:00 en segunda en la Notaría de
Blesa y Chaves sita en Málaga Calle Hilera nº 10, escalera D, Primera Planta , CP
29007 Málaga, pudiendo actuar como Secretario cualquiera de sus dos titulares D.
Ramón Blesa de la Parra o D. Antonio Chaves Rivas o quien accidentalmente les
sustituya.

cve: BORME-C-2022-7910
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Núm. 231