SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7893)
AVIZOR, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) EYE CARE AP, S.L.U., AVIZOR INVERSIONES, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 230

Viernes 2 de diciembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7893

AVIZOR, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
EYE CARE AP, S.L.U., AVIZOR INVERSIONES, S.L.U. (SOCIEDADES
ABSORBIDAS)

A los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre
modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"),
se hace público que, con fecha 30 de noviembre de 2022, el socio único de la
sociedad Avizor, S.A.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente") ha aprobado la
fusión por absorción de Eye Care AP, S.L.U. y de Avizor Inversiones, S.L.U. (en
adelante, las "Sociedades Absorbidas" o, cada una de ellas, "Sociedad Absorbida")
por la Sociedad Absorbente, a través de la cual las Sociedades Absorbidas
quedarán extinguidas y la totalidad de su patrimonio social se transmitirá, vía
sucesión universal, a la Sociedad Absorbente. Asimismo, de conformidad con lo
establecido en los artículos 36 y 37 LME, el socio único de la Sociedad
Absorbente, y el socio único de las Sociedades Absorbidas, en la misma fecha,
aprobaron como balance de fusión su respectivo balance del ejercicio cerrado a 31
de diciembre de 2021.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado de conformidad con el proyecto común
de fusión, redactado y suscrito conjuntamente por el administrador único de la
Sociedad Absorbente, y los respectivos administradores únicos de las Sociedades
Absorbidas, con fecha 30 de junio de 2022, en términos idénticos al proyecto de
fusión (en adelante, el "Proyecto de Fusión").
Las fusiones proyectadas tienen las siguientes características:
(i). En el caso de Eye Care AP, S.L.U., se trata de una fusión por absorción de
una sociedad íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, o fusión
impropia, al ser esta titular directa del 100 por 100 del capital social de la Sociedad
Absorbida ("Absorción de Eyecare"); y
(ii). En el caso de Avizor Inversiones, S.L.U., sujeta al cumplimiento de la
condición suspensiva consistente en la previa inscripción de la fusión por
absorción de las sociedades Avizor Holdings, S.L. y Advanced Solutions Marketing
Online, S.L.U. (como sociedades absorbidas) por parte de Avizor Internacional,
S.L.U. (como sociedad absorbente) en el Registro Mercantil de Madrid, se trata de
una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada por el mismo socio,
al ser Avizor Internacional, S.L. titular directo del 100 por 100 del capital social
tanto de la Sociedad Absorbente como de la Sociedad Absorbida ("Absorción de
Inversiones").

Debido al hecho de que las Sociedades Absorbidas se encuentran, bien
íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente (Absorción de Eyecare),
bien en supuestos asimilados legalmente a la absorción de sociedades
íntegramente participadas (Absorción de Inversiones), de conformidad con lo
previsto en el artículo 52.1 LME, las Fusiones pueden acogerse al procedimiento
simplificado previsto en el artículo 49 LME y, en consecuencia:
(i). No son necesarias las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 LME en el
Proyecto de Fusión;

cve: BORME-C-2022-7893
Verificable en https://www.boe.es

En adelante, las dos operaciones de fusión por absorción serán denominadas
conjuntamente como las "Fusiones".