SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7846)
ORUS RENOVABLES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ORUS PROPERTIES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 228

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

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ORUS RENOVABLES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
ORUS PROPERTIES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42,43,49 y 52 de la Ley 3/
2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades
mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 7 de noviembre de 2022, el
socio único de la sociedad Orus Renovables, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), ha
aprobado la fusión por absorción de la sociedad Orus Properties, S.L.U. (la
"Sociedad Absorbida"), por parte de la Sociedad Absorbente (la "Fusión") en los
términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 4 de noviembre del
2022 (el "Proyecto de Fusión").
La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad
Absorbida a la Sociedad Absorbente (conjuntamente, las "Sociedades a Fusionar")
y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que
conllevará la extinción de la misma. Se deja expresa constancia de que la
Sociedad Absorbente cambiará su denominación por la de Orus Properties, S.L.U.
Tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida se encuentran
íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único y, por tanto,
de conformidad con lo previsto en los apartados 2º, 3º y 4º del artículo 49.1 LME,
por remisión expresa del artículo 52 LME, no son preceptivos los informes de
administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, así como tampoco lo es la
ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente, ni la aprobación de la
Fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida. Asimismo, de conformidad con
el artículo 42 LME, la Fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar
los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el
Proyecto de Fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las
Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión
adoptados y los respectivos balances de fusión, así como su derecho de oponerse
a la Fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Badalona, 29 de noviembre de 2022.- El administrador único de la Sociedad
Absorbida y la Sociedad Absorbente, Francisco José Elías Navarro.

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