SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2022-7862)
HELIOENERGY ELECTRICIDAD UNO, S.A.U.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 228

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

7862

HELIOENERGY ELECTRICIDAD UNO, S.A.U.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley
de Sociedades de Capital, se hace público que, en la Junta General Extraordinaria
de accionistas de la sociedad HELIOENERGY ELECTRICIDAD UNO, S.A.U. en la
reunión de su Accionista Único de fecha 26 de octubre de 2022 ha acordado la
reducción de capital en 2.787.283 euros, con la finalidad de devolver parte del
valor de las aportaciones sociales al Accionista Único.
El acuerdo de reducción de capital es el que a continuación se reseña:
Acto seguido, el Accionista Único acuerda reducir el capital social de la
compañía en el importe de 2.787.283 Euros, reduciéndose el capital social de la
cifra de 55.065.487 Euros a la cifra de 52.278.204 Euros con la finalidad de
devolver parte del valor de las aportaciones sociales al Accionista Único, y se
efectúa mediante la disminución por igual del valor nominal de todas y cada una de
las acciones en 0,0639281074242812 euros, pasando a ser el valor nominal de
1,19903384093412 euros por acción.
El plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de un mes
desde la finalización del derecho de oposición de los acreedores previsto en el
artículo 336 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en el cual
habrá de ser abonado al Accionista Único, Écija Solar Inversiones, S.A.U.,
2.787.283 Euros mediante la compensación por parte de la Sociedad de los
créditos que ostenta frente al Accionista Único por un importe total de 2.787.283
Euros. Dichos créditos provienen del contrato de Préstamo Intercompany suscrito
en el día de hoy entre la Sociedad y el Accionista Único.
Del mismo modo, se hace constar expresamente que el 100% de los créditos
compensados en virtud de este acuerdo de reducción de capital, se encuentran, a
la fecha del presente acta, totalmente líquidos, vencidos y exigibles. Asimismo, el
importe de los créditos se corresponde con los datos arrojados por la contabilidad
social.
En consecuencia con lo anterior, el Accionista Único acuerda modificar el
artículo 5 de los Estatutos Sociales que, en lo sucesivo quedará con la siguiente
redacción:

El capital social es de cincuenta y dos millones doscientos setenta y ocho mil
doscientos cuatro euros (52.278.204 Euros) dividido en cuarenta y tres millones
seiscientas mil doscientas setenta y cuatro (43.600.274) acciones nominativas de
1,19903384093412 Euros de valor nominal cada una y numeradas
correlativamente de la uno (1) a la cuarenta y tres millones seiscientas mil
doscientas setenta y cuatro (43.600.274) acciones, ambas inclusive. Existirán dos
clases de acciones, acciones Clase A y acciones Clase B. […]
Así mismo, se dejará constancia de la disminución del valor nominal de las
referidas acciones en el Registro Contable de Acciones de la Sociedad.
De conformidad con los artículos 334 y 336 del texto refundido de la Ley de
Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición
a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de

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"Artículo 5º. Capital Social