SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7839)
FB REAL PROPERTY SERVICES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE); FINCAS LIZA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 228

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7839

FB REAL PROPERTY SERVICES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE);
FINCAS LIZA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y concordantes de la Ley 3/
2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en
adelante "LME") se hace público que mediante junta universal de socios de la
entidad FB REAL PROPERTY SERVICES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE),
celebrada el 21 de noviembre de 2022, por unanimidad, se adoptó el acuerdo de
fusión por absorción de la entidad íntegramente participada por la absorbente, la
mercantil FINCAS LIZA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA) que transmitirá, en
bloque, todo su patrimonio social a la mercantil FB REAL PROPERTY SERVICES,
S.L., la cual lo adquirirá en su integridad por sucesión universal, produciéndose,
como consecuencia de lo anterior, la disolución sin liquidación de la sociedad
FINCAS LIZA, S.L.U., todo ello de conformidad con los términos y condiciones del
proyecto común de Fusión suscrito y formulado, en fecha 1 de noviembre de 2022,
por los administradores de ambas sociedades intervinientes en la fusión.
De conformidad con lo establecido en la citada ley "LME", la sociedad
absorbente se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al
patrimonio de la sociedad absorbida.
La fusión por absorción acordada es una fusión especial, sometida al régimen
del artículo 49 de la Ley "LME", dado que la sociedad absorbente es titular de
forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la
sociedad absorbida. En consecuencia, y de conformidad con el mencionado
artículo de la ley "LME", no resulta necesario para esta fusión (i) la inclusión en el
Proyecto de fusión de las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la ley "LME",
(ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el
aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por
la Junta General de la Sociedad Absorbida.

El acuerdo de fusión adoptado en Junta General Universal de socios y por
unanimidad de la sociedad FB REAL PROPERTY SERVICES, S.L. se ha
efectuado sin necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto de Fusión
ni los demás documentos exigidos por la Ley, de conformidad con lo previsto en el
artículo 42 de la Ley "LME" para el supuesto de acuerdo de fusión en Junta
General Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores
y representantes de los trabajadores y trabajadores de las sociedades
participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de
pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en
el artículo 39 de la ley "LME", así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de
fusión adoptado junto con los balances de fusión.

cve: BORME-C-2022-7839
Verificable en https://www.boe.es

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances de fusión de cada una
de las sociedades participantes en la fusión cerrados ambos el día 1 de noviembre
de 2022, habiendo sido debidamente aprobados, por unanimidad, en la Junta
General Universal de socios de la sociedad FB REAL PROPERTY SERVICES,
S.L.