SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7804)
PREVING INVESTMENTS GROUP, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) PREVING INVESTMENTS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 227

Martes 29 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7804

PREVING INVESTMENTS GROUP, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PREVING INVESTMENTS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009,
de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
("LME"), se hace público que la junta general universal extraordinaria de socios de
Preving Investments Group, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha
28 de noviembre de 2022, y el socio único de Preving Investments, S.L.U. (la
"Sociedad Absorbida"), en la misma fecha, han aprobado, en calidad de Sociedad
Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente,
la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos
establecidos en el proyecto común de fusión formulado por los órganos de
administración de las Sociedades a Fusionar, con fecha 22 de noviembre de 2022
(el "Proyecto de Fusión").
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad
Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad
Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión
son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido
adoptado en la junta general de socios de la Sociedad Absorbente con la
asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, y por el socio único
de la Sociedad Absorbida, la fusión no exige la necesidad de publicar o depositar
los documentos exigidos por la ley, ni informe de los administradores sobre el
Proyecto de Fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada
una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de
fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las
Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos
previstos en el artículo 44 LME.
En Badajoz, 28 de noviembre de 2022.- Secretario no consejero de las
Sociedades a Fusionar, Jaime Bragado Yturriaga.

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