SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7801)
MAPAL SOFTWARE S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) GUUDJOB WORLDWIDE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 227

Martes 29 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7801

MAPAL SOFTWARE S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
GUUDJOB WORLDWIDE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"),
se hace público que por decisión del socio único de Mapal Software, S.L.U., con
número N.I.F. B-85594752 ("Mapal" o "Sociedad Absorbente") y por decisión del
socio único de Guudjob Worldwide, S.L.U., con número N.I.F. B-86865979
("Guudjob" o "Sociedad Absorbida"), se ha adoptado con fecha de 24 de
noviembre de 2022, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Guudjob,
sociedad íntegramente participada por Mapal, en favor de esta última (la "Fusión").
Como consecuencia de la Fusión se producirá la extinción de Guudjob y la
transmisión en bloque de su patrimonio social a Mapal, que lo adquirirá por
sucesión universal, subrogándose en los derechos y obligaciones inherentes a
dicho patrimonio social.
En adelante, Mapal y Guudjob serán referidas, conjuntamente, como las
"Sociedades Participantes". Las decisiones relativas a la Fusión fueron adoptadas
en los términos que resultan del proyecto de fusión formulado, redactado y suscrito
por los órganos de administración de las Sociedades Participantes con fecha de 23
de noviembre de 2022 (el "Proyecto de Fusión"). Asimismo, en aplicación de lo
previsto en el artículo 42 LME, los socios únicos de las Sociedades Participantes
han adoptado las decisiones relativas a la Fusión ejercitando las competencias de
la Junta General conforme el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital,
adoptando por tanto, tales decisiones por unanimidad, no siendo preciso (i)
publicar o depositar el Proyecto de Fusión ni los restantes exigidos por la LME con
carácter previo a la aprobación de la Fusión, así como tampoco (ii) preparar el
informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión, respetándose en todo
caso los derechos de información expresamente recogidos en el artículo 42.2 LME.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de
cualquiera de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los
acuerdos de Fusión adoptados y de los respectivos Balances de Fusión, así como
del derecho de todos los acreedores de cualquiera de las Sociedades Participantes
a oponerse a la Fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en
el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los
acuerdos de Fusión.
Madrid, 24 de noviembre de 2022.- El Administrador Único de Mapal Software,
S.L.U., (Sociedad Absorbente), Don Jorge Lurueña Hernández, y el Administrador
Único de Guudjob Worldwide, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Don Daniel Contreras
Vicent.
ID: A220048182-1

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Se hace constar que, dado que Guudjob, se encuentra íntegramente
participada de forma directa por la Mapal, es de aplicación el régimen simplificado
previsto en el artículo 49.1 LME, no habiendo resultado necesario (i) incluir en el
Proyecto de Fusión las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 LME, (ii) los
informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, ni (iii) el
aumento de capital de Mapal.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958