SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7807)
ATTEST CONSULTING, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA 1) PKF ATTEST SERVICIOS EMPRESARIALES, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA 2) PKF ATTEST SERVICIOS PROFESIONALES, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 227

Martes 29 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7807

ATTEST CONSULTING, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA 1)
PKF ATTEST SERVICIOS EMPRESARIALES, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA 2)
PKF ATTEST SERVICIOS PROFESIONALES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), en el
artículo 179.1 del Texto Refundido de la Ley 4/2015 de Mercado de Valores y en el
artículo 83 del Real Decreto 217/2008, se pone de manifiesto que las Juntas
Generales de Attest Consulting, Sociedad Limitada, de Pkf Attest Servicios
Empresariales, Sociedad Limitada y de Pkf Attest Servicios Profesionales,
Sociedad Limitada, han aprobado, con fecha 31 de agosto de 2022, y sujeto a la
preceptiva no oposición por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
("CNMV") tal y como se indica a continuación, una escisión parcial financiera en
cadena con la finalidad de que la matriz de su grupo societario, la mercantil Pkf
Attest Servicios Profesionales, Sociedad Limitada, participe directamente en todas
ellas y en la mercantil Pkf Attest Capital Markets AV, Sociedad Anónima,
eliminándose la estructura vertical actual y asumiendo las deudas de los negocios
desarrollados en éstas.
La escisión parcial se realiza por aplicación de los artículos 70.1, 73 y 78.3 de
la LME.
Como consecuencia de la escisión parcial, las sociedades escindidas reducirán
sus fondos propios en la cuantía correspondiente al valor contable que en su activo
representan las participaciones sociales y acciones que ostentaban
respectivamente en las sociedades Pkf Attest Servicios Empresariales, Sociedad
Limitada y Pkf Attest Capital Markets AV, Sociedad Anónima.

Dado que la actividad escindida afecta a la participación en la sociedad Pkf
Attest Capital Markets AV, Sociedad Anónima, sociedad de servicios de inversión
regulada por la CNMV, se solicitó con carácter previo a la aprobación del acuerdo
(que quedó sujeto a condición suspensiva a la espera de resolución) la no
oposición a los cambios en el control por parte de las intervinientes en la medida
en que las sociedades escindidas perderán el control indirecto y directo,
respectivamente, de la mencionada sociedad simplificándose la cadena de control
y pasando a ostentar Pkf Attest Servicios Profesionales, Sociedad Limitada el
control directo (hasta entonces ostentaba el control indirecto) en aquella. Con
fecha 18 de noviembre de 2022 la CNMV resolvió favorablemente la no oposición.
Por último, se hace constar el derecho de los socios y de los acreedores de las
sociedades intervinientes en la operación, a obtener el texto íntegro de los
acuerdos adoptados y los balances de escisión y, en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 44 LME, el derecho que asiste a los acreedores a
oponerse a la operación en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de
publicación del último anuncio de los acuerdos de escisión.

cve: BORME-C-2022-7807
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, por haberse acordado conforme lo establecido en el artículo 42
LME, no ha resultado precisa la publicación de los documentos exigidos por la ley,
respetándose en todo caso los derechos de información a los trabajadores
indicados en el apartado 2 del referido artículo.