SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7772)
TÉCNICAS RENOVABLES DEL CENTRO, S.L. (SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA) 2.0 ATENEA INVERSIÓN, S.L.; TÉCNICAS RENOVABLES DEL CENTRO, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 226

Lunes 28 de noviembre de 2022

Pág. 9265

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7772

TÉCNICAS RENOVABLES DEL CENTRO, S.L. (SOCIEDAD
TOTALMENTE ESCINDIDA) 2.0 ATENEA INVERSIÓN, S.L.;
TÉCNICAS RENOVABLES DEL CENTRO, S.L. (SOCIEDADES
BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de
Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que,
la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil "Técnicas Renovables
del Centro, S.L." (Sociedad Totalmente Escindida), celebrada el día 21 noviembre
2022, aprobó, por unanimidad, la escisión total en los términos previstos en los
artículos 68.1. 1.º y 69 de la Ley 3/2009. La Sociedad "Técnicas Renovables del
Centro, S.L." (Sociedad totalmente escindida), se disolverá y extinguirá, sin
liquidación, transmitiendo todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales
se transmite en bloque por sucesión universal a dos Sociedades Beneficiarias,
ambas de nueva creación. Una de ellas sucederá en la denominación a la
Sociedad Totalmente Escindida, esto es, "Técnicas Renovables del Centro, S.L."
(Sociedad Beneficiaria), y otra denominada "2.0 Atenea Inversión, S.L." (Sociedad
Beneficiaria). "2.0 Atenea Inversión, S.L. (Sociedad Beneficiaria) asumirá el
patrimonio empresarial de carácter inmobiliario, así como los activos y pasivos que
le son adjudicados con carácter expreso en el Proyecto de Escisión de la Sociedad
escindida y; "Técnicas Renovables del Centro, S.L.", sociedad beneficiaria que
sucede en nombre a la sociedad que se escinde, asumirá el resto de los activos y
pasivos de la Sociedad escindida, que constituye el negocio o explotación
económica principal de la Sociedad escindida, así como los activos y pasivos que
le son adjudicados con carácter expreso en el Proyecto de Escisión.
Se hace constar el Derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos
adoptados y de los balances de escisión, así como el Derecho de oposición que
corresponde a los acreedores, todo ello, en los términos establecidos en el artículo
43 y concordantes de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las
Sociedades Mercantiles.
En Cuenca a, 22 de noviembre de 2022.- La administradora solidaria de la
Sociedad, Técnicas Renovables del Centro, S.L, Doña Eva María Díez Cruz.

cve: BORME-C-2022-7772
Verificable en https://www.boe.es

ID: A220047773-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958