SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7642)
SOM 2011, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA) ESPACIOS DE OCIO Y ENTRETENIMIENTO 2020, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 224

Jueves 24 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7642

SOM 2011, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
ESPACIOS DE OCIO Y ENTRETENIMIENTO 2020, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

A los efectos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril,
sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") y el
Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que con fecha 30 de junio de
2022 el Consejo de Administración de SOM 2011, S.L. (Sociedad Segregada), la
Junta General Universal de la Sociedad Segregada y la propia Sociedad
Segregada, como socio único de la entidad Espacios de Ocio y Entretenimiento
2020, S.L. (Sociedad Beneficiaria), aprobaron por unanimidad la segregación de la
Sociedad Segregada en favor de la Sociedad Beneficiaria de la rama de actividad
de tenencia y gestión de activos inmobiliarios, que traspasa, sin extinguirse, a la
mercantil Espacios de Ocio y Entretenimiento 2020, S.L., que adquiere por
sucesión a título universal los derechos y obligaciones inherentes a la rama de
actividad segregada. Por su parte, la Sociedad Beneficiaria ha acordado ampliar su
capital y las nuevas participaciones han sido asumidas en su totalidad por la
Sociedad Segregada.
El acuerdo de segregación se ha adoptado con base en el Proyecto común de
Segregación simplificada formulado por el órgano de administración de cada una
de las sociedades participantes y aprobado por unanimidad por la Junta General
Extraordinaria y Universal de la Sociedad Segregada y el Socio Único de la
Sociedad Beneficiaria con fecha 30 de junio de 2022. En el acuerdo de
segregación parcial adoptado y conforme al proyecto, consta el detalle de los
elementos del activo y pasivo que componen la rama de actividad segregada que
se transmite a Espacios de Ocio y Entretenimiento 2020, S.L. y que constituye una
unidad económica autónoma.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las
sociedades intervinientes en la segregación de obtener en el domicilio social o
solicitar el envío gratuito del texto íntegro de los acuerdos adoptados en relación
con la misma, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de
oponerse a la segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, en
el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de
segregación, en los términos de los artículos 43 y 44 de la LME.
Madrid, 30 de junio de 2022.- D. Marcos Cámara Martín, Presidente del
Consejo de Administración de SOM 2011, S.L. (Sociedad Segregada) y
representante persona física de SOM 2011, S.L, Administradora Única de la
entidad Espacios de Ocio y Entretenimiento 2020, S.L. (Sociedad Beneficiaria).
cve: BORME-C-2022-7642
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