SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. ESCISIÓN DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7333)
INGENIEURWISSENSCHAFT UND DIENST, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) FINCA EL CORCHITO, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 219

Jueves 17 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
ESCISIÓN DE EMPRESAS

7333

INGENIEURWISSENSCHAFT UND DIENST, S.L.U. (SOCIEDAD
ESCINDIDA)
FINCA EL CORCHITO, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA
CREACIÓN)

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009 de
Modificaciones Estructurales ("LME"), se hace público que el Socio Único de
"INGENIEURWISSENSCHAFT UND DIENST, S.L.U.", aprobó el 7 de noviembre
de 2022, la escisión parcial de dicha Sociedad, en virtud de la cual se escinde
parte de su patrimonio, sin extinción de la misma, traspasándolo en bloque a otra
sociedad de nueva creación, con la denominación de "FINCA EL CORCHITO,
S.L.U.", la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título
universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y
atribuyendo las participaciones de esta nueva sociedad a los socios de la
escindida en proporción a su respectiva participación en el capital de la entidad
que se escinde.
Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida
INGENIEURWISSENSCHAFT UND DIENST, S.L.U., reducirá su capital social en
la cuantía necesaria modificando el artículo 7.º relativo al capital social de los
Estatutos.
En virtud del artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de escisión
parcial por el Socio Único y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo
78 bis de la LME, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de
escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo, ni el
informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión,
todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la citada
Ley.
En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto
íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho de
acreedores y obligacionistas de oponerse a la escisión parcial con los efectos
legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último
anuncio del acuerdo de escisión parcial.
Sevilla, 14 de noviembre de 2022.- Administrador Único, Francisco Javier Ríos
Roche.

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