SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7309)
BONABELLA INVERSIONES PATRIMONIALES S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) BONABELLA NEGOCIOS EMPRESARIALES, S.L. Y BASILICA 20 INVERSIONES, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 219

Jueves 17 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7309

BONABELLA INVERSIONES PATRIMONIALES S.L. (SOCIEDAD
ABSORBENTE) BONABELLA NEGOCIOS EMPRESARIALES, S.L. Y
BASILICA 20 INVERSIONES, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se
hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de
Bonabella Inversiones Patrimoniales, S.L. (la "Sociedad Absorbente") y Bonabella
Negocios Empresariales, S.L. (la "Sociedad Absorbida") y Basilica 20 Inversiones,
S.L. (la "Sociedad Absorbida"), todas ellas celebradas en Madrid el día 14 de
noviembre de 2022, han aprobado la Fusión por absorción entre la Sociedad
Absorbente y las sociedades Absorbidas, mediante absorción de la segunda y
tercera por la primera (la "Fusión"). Con carácter previo a la aprobación del
acuerdo de fusión, las referidas juntas generales aprobaron los correspondientes
balances de fusión cerrados a 14 de noviembre de 2.022 (en todos los casos) y el
proyecto común de fusión redactado, suscrito y aprobado por todos los
administradores de cada una de las sociedades participantes en la Fusión el día 14
de noviembre de 2022 (el "Proyecto de Fusión").
Como consecuencia de la Fusión, se producirá la extinción, via disolución sin
liquidación, de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque a título
universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por
sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades
Absorbidas.
Así mismo, se pone de manifiesto que el acuerdo de fusión ha sido adoptado
conforme al Proyecto de Fusión sin necesidad de publicar o depositar previamente
los documentos exigidos por la ley ni de elaborar el informe de los administradores
sobre el Proyecto de Fusión, todo ello por haberse adoptado el acuerdo de fusión
en junta universal y por unanimidad de todos los socios, de conformidad con el
artículo 42 de la LME.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el
derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a
obtener en los respectivos domicilios sociales, el texto íntegro de los acuerdos de
fusión adoptados, y a obtener los respectivos balances de fusión.

En Madrid, 14 de noviembre de 2022.- Los Administradores solidarios de la
Sociedad Absorbente Don Jose Manuel Moreno Jimenez y Don Gonzalo Maria
Moreno Jimenez, Y el Administrador único de las Sociedades Absorbidas Don Jose
Manuel Moreno Jimenez.
ID: A220046390-1

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Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades
que se fusionan a oponerse a la Fusión en los términos previstos en el artículo 44
de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del
último anuncio de este acuerdo de fusión.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958