SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. AUMENTO DE CAPITAL. (BORME-C-2022-7235)
WOOPTIX S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 217

Martes 15 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
AUMENTO DE CAPITAL

7235

WOOPTIX S.L.

ANUNCIO DE AUMENTO DE CAPITAL
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 del Real Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Sociedades de Capital ("Ley de Sociedades de Capital"), se hace público que la
Junta General Extraordinaria de Socios de la sociedad WOOPTIX, S.L. (la
"Sociedad"), en su reunión celebrada, mediante videollamada, el pasado día 2 de
noviembre de 2022, ha acordado aumentar el capital social por importe de hasta
CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS DOS EUROS (51.502,00.-€), mediante la
creación de hasta 51.502 nuevas participaciones sociales, Clase B Serie 3,
numeradas de la BS3-1 a la BS3-51.502, ambas inclusive.
Las nuevas participaciones se emiten a un precio de 55,9341990€ por
participación, correspondiendo UN EURO (1 €) a valor nominal y 54,9341990€, a
prima de asunción.
El importe de las participaciones que se asuman será íntegramente satisfecho
y desembolsado mediante aportaciones dinerarias, a través de transferencias
bancarias a la cuenta bancaria de la que la Sociedad es titular.
Los socios que no hubieran renunciado con anterioridad al ejercicio de su
derecho de asunción preferente, podrán ejercitarlo en el plazo de 30 días desde la
fecha de publicación del presente anuncio y, en consecuencia, asumir, las
participaciones sociales que se correspondan con sus respectivos porcentajes en
el capital social de la Sociedad, desembolsando, cada uno de ellos, las cantidades
concretas de que se traten.
Transcurrido el mes, y en caso de que alguno de los socios decida ejercer su
derecho de adquisición preferente, las participaciones no asumidas por el resto de
socios serán ofrecidas por el órgano de administración nuevamente a los socios
que sí hayan ejercido su derecho de asunción preferente para que éstos las
adquieran y desembolsen en un plazo de 10 días, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 307 de la Ley de Sociedades de Capital.

La Junta General ha autorizado la asunción incompleta de la ampliación de
capital, lo cual quiere decir, que el capital de la Sociedad quedará efectivamente
aumentado en la parte que resulte asumido y desembolsado una vez transcurrido
el plazo de asunción.
En Madrid, a 2 de noviembre de 2022- D. Ivo Portabales González-Choren en
su condición de Secretario no Consejero del Consejo de Administración de
WOOPTIX, S.L.

cve: BORME-C-2022-7235
Verificable en https://www.boe.es

Concluido el plazo de un mes previsto en el artículo 305 de la Ley de
Sociedades de Capital, sin que ninguno de los socios haya ejercitado su derecho
de adquisición preferente, el consejo de administración estará facultado para
ofrecer las participaciones sociales creadas, al margen del derecho de adquisición
preferente, a las personas jurídicas que éste decida que tendrán un plazo adicional
de 10 días para proceder a la suscripción y desembolso, así como a llevar a cabo
cuantas actuaciones fuesen necesarias para ejecutar este acuerdo de aumento de
capital y cualesquiera otros auxiliares y complementarios.