SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7203)
CENTRE COMERCIAL GIRONA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) MAR & MIK INTERNACIONAL, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 217

Martes 15 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7203

CENTRE COMERCIAL GIRONA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAR & MIK INTERNACIONAL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace
público que las sociedades «CENTRE COMERCIAL GIRONA, S.L.» y «MAR &
MIK INTERNACIONAL, S.L.», adoptaron, por unanimidad, y respectivamente, en
las reuniones de sus Juntas Generales de Socios celebradas el día 7 de
noviembre de 2022, con el carácter de universales y extraordinarias, los acuerdos
de aprobar la fusión por absorción de la sociedad «MAR & MIK INTERNACIONAL,
S.L.» (Sociedad Absorbida) por parte de la sociedad «CENTRE COMERCIAL
GIRONA, S.L.» (Sociedad Absorbente), con la total transmisión del patrimonio de
la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que incorporará en bloque a
título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de
la Sociedad Absorbida, subrogándose la Sociedad Absorbente en todos los
derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que quedará disuelta y
extinguida, sin liquidación.
La fusión se lleva a cabo de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la
Ley 3/2009 de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades
mercantiles, según el proyecto de fusión suscrito en fecha 30 de septiembre de
2022 y los respectivos Balances cerrados en fecha 30 de junio de 2022.
Derecho de información y oposición: A los efectos de lo dispuesto en los
artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de
las sociedades mercantiles, se hace constar que los socios y los acreedores de las
sociedades que se fusionan tienen el derecho a solicitar y obtener el texto íntegro
de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de
las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo
de un mes, a contar desde la fecha de publicación del anuncio de fusión, en los
términos previstos en el artículo 44 de la citada ley.
Barcelona, 8 de noviembre de 2022.- Administradora Solidaria, Eva Alvarez
Arnau.

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