SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-7155)
"MALOJAC, SL" (SOCIEDAD ABSORBENTE) "LORENZ HILLS, S.L.(SOCIEDAD UNIPERSONAL)" (SOCIEDAD ABSORBIDA)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 216

Lunes 14 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

7155

"MALOJAC, SL"
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
"LORENZ HILLS, S.L.(SOCIEDAD UNIPERSONAL)"
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

ANUNCIO DEL ACUERDO DE FUSION
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME") se
hace público que con fecha 1 de noviembre del 2022, se ha acordado por las
Juntas Generales de Socios de las sociedades (i) MALOJAC, SL, y (ii) LORENZ
HILLS, SLU la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por MALOJAC,
SL(sociedad absorbente) de LORENZ HILLS, SLU(sociedad absorbida), sobre la
base del proyecto común de fusión de fecha 1 de noviembre del 2022, con
disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título
universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su
patrimonio a la sociedad absorbente, que se llevará a cabo mediante el proceso
simplificado previsto en artículo 49 LME. En consecuencia no resulta necesario
para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y
10 del artículo 31 del LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el
Proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente y (iv) la
aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida.
La presente operación se califica de Fusión por absorción, de sociedad
íntegramente participada, en la que MALOJAC, SL(sociedad absorbente) es titular
del 100% del capital social de LORENZ HILLS, SLU (sociedad absorbida). La
fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero del 2022.
Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en todas las sociedades por
acuerdo unánime de las respectivas Juntas Generales y Universales de Socios, de
acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión
puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los
documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el
proyecto de fusión.

Lo que se hace público a efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/
2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades
mercantiles.
Barcelona, 1 de noviembre de 2022.- D. Lorenzo León Arroyo Administrador
solidario de la sociedad absorbente y Administrador solidario de la sociedad
absorbida, D. Juan León Bonilla Administrador solidario de la sociedad absorbente
y Administrador solidario de la sociedad absorbida.
ID: A220045056-1

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cve: BORME-C-2022-7155
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Conforme a lo establecido en el artículo 43 LME, se hace constar
expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas
sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balance de
fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión
en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión
de acuerdo con el artículo 44 LME.

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958