SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. REDUCCIÓN DE CAPITAL. (BORME-C-2022-7170)
ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 216

Lunes 14 de noviembre de 2022

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SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
REDUCCIÓN DE CAPITAL

7170

ACS, ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A.

Reducción de capital por amortización de acciones propias
En cumplimiento de los artículos 319 y 503 de la Ley de Sociedades de
Capital, se comunica que la Junta General de accionistas de ACS, Actividades de
Construcción y Servicios, S.A. ("ACS" o la "Sociedad") celebrada el 6 de mayo de
2022, aprobó bajo el punto octavo de su orden del día, el acuerdo que consta a
continuación:
"Dejando sin efecto la autorización concedida mediante acuerdo de la Junta
General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 7 de mayo de 2021, y al
amparo de lo dispuesto en los artículos 146 y concordantes y 509 del Texto
Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se acuerda autorizar tanto al
Consejo de Administración de la Sociedad como a los de las sociedades filiales
para que, durante el plazo de un año a contar desde la fecha de esta Junta, que se
entenderá automáticamente prorrogado por periodos de idéntica duración hasta un
máximo de cinco años salvo que la Junta General acordara lo contrario, y de
acuerdo con las condiciones y requisitos previstos en las disposiciones legales
vigentes, puedan adquirir, en cualquier momento, cuantas veces lo estimen
oportuno y por cualquiera de los medios admitidos en derecho, con cargo a
beneficios del ejercicio y/o reservas de libre disposición, acciones de la Sociedad,
cuyo valor nominal sumado al de las ya poseídas por ella y por sus sociedades
filiales no exceda del 10% del capital social emitido o, en su caso, del importe
máximo autorizado por la legislación aplicable en cada momento. El precio mínimo
y el precio máximo serán, respectivamente, el valor nominal y el precio medio
ponderado correspondiente a la última sesión de Bolsa anterior a la operación
incrementado en 20%.

Expresamente se autoriza que las acciones propias adquiridas por la Sociedad
o sus sociedades filiales en uso de esta autorización puedan destinarse en todo o
en parte: (i) a su enajenación o amortización, (ii) a su entrega a trabajadores,
empleados o administradores de la Sociedad o de su grupo, cuando exista un
derecho reconocido, bien directamente o como consecuencia del ejercicio de
derechos de opción de los que los mismos sean titulares, a los efectos previstos en
el párrafo último del artículo 146, apartado 1º, letra a), del Texto Refundido de la
Ley de Sociedades de Capital, y (iii) a planes de reinversión del dividendo o
instrumentos análogos.
Con finalidad de amortización de acciones propias y delegando en cuanto a su
ejecución en el Consejo de Administración conforme a lo que seguidamente se
señala, se acuerda reducir el capital social, con cargo a beneficios o reservas
libres, por un importe nominal máximo igual al valor nominal total de las acciones
propias que la Sociedad mantenga, directa o indirectamente, en la fecha en que se
adopte el acuerdo por el Consejo de Administración.

cve: BORME-C-2022-7170
Verificable en https://www.boe.es

También se autoriza tanto al Consejo de Administración de la Sociedad como a
los de las sociedades filiales, por el plazo y de acuerdo con las condiciones
establecidas en el párrafo anterior en la medida en que sea aplicable, a adquirir
acciones de la Sociedad por medio de préstamos, a título gratuito u oneroso en
condiciones que puedan considerarse de mercado teniendo en cuenta la situación
del mercado y las características de la operación.