SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2022-708)
GARCÍA PÉREZ DO RIBEIRO, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ADSORBENTE) GARCÍA CARRERA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 40

Lunes 28 de febrero de 2022

Pág. 870

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

708

GARCÍA PÉREZ DO RIBEIRO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ADSORBENTE)
GARCÍA CARRERA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se
hace público que las Juntas Generales universales de socios de las sociedades
GARCÍA PÉREZ DO RIBEIRO, S.L. y GARCÍA CARRERA, S.L., celebradas el día
veintidós de febrero de dos mil veintidós, aprobaron por unanimidad la fusión de
dichas sociedades mediante la absorción de la segunda por la primera,
produciéndose la transmisión a título universal del patrimonio de la sociedad
absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación o extinción de la
sociedad absorbida, con ampliación del capital en la cifra correspondiente y
cambio de denominación social de la sociedad absorbente, la cual pasará a
denominarse GRUPO GARCÍA DO RIBEIRO, S.L., todo ello en los términos que
constan en el proyecto común de fusión redactado y suscrito por el Administrador
único de las sociedades intervinientes.
La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión
regulado en el artículo 42 LME, sin depósito previo del proyecto común de fusión
en el Registro Mercantil y sin informe de los administradores sobre el mismo.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas
sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los
balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que
se fusionan a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado a partir de
la publicación del último anuncio de fusión, en los términos y condiciones previstos
en el artículo 44 LME.
Ribadavia, 23 de febrero de 2022.- Administrador único, Héctor García Pérez.

cve: BORME-C-2022-708
Verificable en https://www.boe.es

ID: A220006687-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958