SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS. (BORME-C-2021-5495)
DISA RED DE SERVICIOS PETROLÍFEROS, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE) MAGIC WASH, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 143

Miércoles 28 de julio de 2021

Pág. 6771

SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

5495

DISA RED DE SERVICIOS PETROLÍFEROS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAGIC WASH, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de
abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en
adelante, "LME") y demás disposiciones aplicables, se hace público que por
Decisión del Socio Único de las mercantiles DISA RED DE SERVICIOS
PETROLÍFEROS, S.A.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"), y MAGIC
WASH, S.L.U. (en adelante la "Sociedad Absorbida"), adoptadas en fecha 30 de
junio de 2021, han acordado, aprobar la fusión por absorción de la Sociedad
Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el
Proyecto Común de Fusión suscrito por los órganos de administración de las
sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 30 de junio de 2021. Se pone de
manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el
procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME, al tratarse de una
fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas por la Sociedad
Absorbente.
De conformidad con lo dispuesto por el art. 42 de la LME, el acuerdo de fusión
se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos
exigidos por la Ley, al haberse adoptado por Decisión del Socio Único.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores
de las respectivas sociedades a obtener, en el domicilio social correspondiente, el
texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente,
se hace constar el derecho de oposición de los acreedores de cada una de las
sociedades durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último
anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con el artículo 44 LME.
Santa Cruz de Tenerife, 20 de julio de 2021.- La Consejera Secretaria de Disa
Red de Servicios Petrolíferos, S.A.U., María Dolores Aparicio Jerez.

cve: BORME-C-2021-5495
Verificable en https://www.boe.es

ID: A210045076-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958